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Concurso de acreedores
AGM-3 GESTION CONCURSAL SLP
CIF B99363806Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 05/11/2014 → 09/06/2018
- Procedimiento
- 183/2018 · 282/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña
Cronología del expediente
- Declaración de concurso09/06/2018⚖️ ZARAGOZAProc. 183/2018Auto 16/05/2018
Edicto Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Ordinario nº 183/2018-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2018 0000191, en el cual se ha dictado en fecha de 16 de Mayo de 2018, Auto de declaración de concurso voluntario y simultánea apertura de la fase de liquidación de la Compañía Mercantil "Promoar 2001, Sociedad Limitada", con C.I.F nº B99056699 y domicilio social en Zaragoza, calle Langa del Castillo, número 8, C.P. 50013. 2.º Se ha acordado también en dicho Auto abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la citada mercantil "Promoar 2001, Sociedad Limitada", y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, así como el cese de su Órgano de administración, -encomendado a un Consejo de Administración compuesto por: Presidente: Don Francisco José Artal Marteles, con D.N.I. y N.I.F. número 29.085.784-F; Secretario: Don Juan Carlos Artal Marteles, con D.N.I. y N.I.F. número 29.104.601-X; y Vocal: Don Luis Alberto Artal Marteles, con D.N.I. y N.I.F. número 29.108.581-B -, que será sustituido por la Administración Concursal designada, conforme al artículo 145.3 de la Ley Concursal, sin perjuicio de continuar dicho Órgano de administración en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "AGM-3 Gestión Concursal, S.L.P.", con CIF B99363806, representada en el ejercicio de su cargo por el abogado don Santiago Monclús Fraga, con DNI 17.864.445-T; con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: Calle Bilbao nº 2, 7º-H, 50004-Zaragoza; Teléfono: 976237123; y correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 25 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal08/02/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 21/09/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el concurso Necesario, número 0000540/2014, por Auto de fecha 21 de septiembre de 2015, NIG 3120147120140000571, se ha declarado en concurso de materia Necesaria al deudor EGA PEIL, S.L.; TRAINCOR 2000, S.L.; ISASA PIEL, S.L.; IGUELDO PIEL, S.L.; TYLER Y MORAY, S.L.; POLSKAHISZPANIA, S.L., con CIF, respectivamente, números B31729585, B01301910, B26363366, B20888160, B31901333 y B31943996, y domicilio de todos ellos en Olivillos, 1, de San Adrián (Navarra), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en San Adrián (Navarra). 2.º Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidos por la Administración Concursal. Que el día de hoy ha aceptado el cargo la Administración Concursal siguiente: En representación de "AGM-3 Gestión Concursal, S.L.P.", con CIF n.º B99363806. Don Santiago Monclús Fraga. DNI: 17 864 445T. Vecino de: Pamplona. Domicilio: Calle Señorío de Eransus, n.º 4 -1.º D. Profesión: Abogado. Teléfono: 976 230 892. Correo electrónico: [email protected] Manifiesta que en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30.1, párrafo segundo, de la LC, actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representará a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne las condiciones del apartado 2.º del artículo 27-1 de la Ley Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Pamplona/Iruña, 29 de septiembre de 2015.- El/la Secretario/a.
- Declaración de concurso05/11/2014⚖️ ZARAGOZAProc. 282/2014Auto 09/10/2014
Edicto Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario ordinario n.º 282/2014-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2014 0000642, en el cual se ha dictado en fecha de 9 de octubre de 2014, auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal", con C.I.F. número B50768233, y domicilio social en Mequinenza (Zaragoza), Calle A-11, número 12, y cuya declaración ha de entenderse declarada conjuntamente con la de la Compañía Mercantil "La Carbonífera del Ebro, Sociedad Anónima Unipersonal", declarada en concurso voluntario de acreedores en el mismo procedimiento concursal de referencia por auto de fecha 24 de julio de 2014. 2.º Se ha acordado también en el expresado auto de fecha 9 de octubre de 2014 la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal", mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores del deudor concursado "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal" para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Agm-3 Gestión Concursal, S.L.P.", con CIF B99363806, representada por el Economista D. Jorge Aso Baches, con D.N.I. 18.012.514-C; Dirección postal: calle Bilbao, n.º 2, 7.º-H, 50004 Zaragoza; Teléfono: 976-237123; Correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos frente a la sociedad concursada "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal" se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 21 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.