InicioJusticiaADOLCA SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

ADOLCA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35079664Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
211/11/201724/02/2018
Procedimiento
293/2017

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso24/02/2018
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 293/2017Auto 21/02/2018

    Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Las Palmas, por el presente hace saber que en el procedimiento concursal número 293/2017, se ha dictado el día de la fecha auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Adolca, S.L., con CIF B35079664, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Se declara la conclusión del concurso de Adolca, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Se acuerda la extinción de la sociedad Adolca, S.L., con CIF nº B-35079664, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 21 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal11/11/2017
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 293/2017Auto 07/11/2017

    Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente, hace saber: 1. Que en el procedimiento concursal número 293/2017, se ha dictado en fecha 29/09/2017 auto declarando el concurso de la mercantil ADOLCA, S.L., con CIF B35079664, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2. Que se ha designado como administrador concursal a D. Aticus Ocaña Martín, quien ha señalado como domicilio postal el sito en la c/ Nicolás Estévanez, n.º 30, Oficina 204-208, CP 35.007 de Las Palmas de Gran Canaria y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Las Palmas de Gran Canaria, 7 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.