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Concurso de acreedores

ADITABLE SL

CIF B63920102Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 23/09/2014 → 30/06/2015
Procedimiento
615/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 615/2014Auto 03/06/2015

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 615/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Aditable, S.L. y ordenado darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 615/2014 Sección C4. NIG del procedimiento.- 0819-47-1-2012-8006605. Entidad Concursada.- Aditable, S.L., con CIF n.º B63920102. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Conclusión.- 29/05/2015. Barcelona, 3 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso23/09/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 615/2014Auto 09/09/2014

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 615/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad ADITABLE, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 615/2014 Sección C4. NIG del procedimiento.- 0801947120128006605. Entidad concursada.- Aditable, S.L., con CIF n.º B63920102. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 15/07/2014. Administrador/es Concursal/es.- Carlos Espín Martínez, DNI n.º 38144692C, domicilio c/ Sant Miquel, 36, 2.º, 08911 Badalona (Barcelona), teléfono 934641791, y correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 9 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.