Inicio›Justicia›ACOSIERRA, S.A.U
Concurso de acreedores
ACOSIERRA, S.A.U
CIF A06350888Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/07/2015 → 24/01/2017
- Procedimiento
- 427/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz
Cronología del expediente
- Declaración de concurso24/01/2017⚖️ BADAJOZAuto 13/01/2017
Edicto Doña Lucia Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia. Que en el Sección I Declaración concurso ordinario voluntario 54/14 seguido en este Órgano judicial, a instancia del Procurador, doña Rosa María Andrino Delgado, en nombre y representación de Acorierra, S.A.U., CIF A06350888, se ha dictado Auto 4/17 de fecha 13 de enero de 2017, cuyo fallo es del contenido literal siguiente: 1.- Declarar la conclusión del concurso ordinario voluntario, instado por el Procurador Sra. Andrino Delgado, de la Mercantil Acosierra, S.A.U., CIF A06350888, con domicilio en calle Logroño s/n Polígono Industrial el Prado, en Mérida (Badajoz), al haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada. 2.-. Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda. 3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. 4.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 5.- Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art. 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita. 6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por Abastar Concursales, S.L.P. Badajoz, 13 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de justicia.
- Declaración de concurso08/07/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozProc. 427/2015Auto 26/06/2015
Edicto D./Dª. Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 427/2015, se ha dictado en fecha 26 de junio de 2015, auto de Declaración de Concurso voluntario ordinario del deudor ACOSIERRA, S.A.U., con CIF n.º A06350888, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Logroño s/n, Polígono Industrial El Prado, en Mérida (Badajoz). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a Abastar Concursales, S.L.P., con CIF n.º B90058447, con domicilio postal en c/ Avda. San Francisco Javier, 9, planta 1, módulo 1 de Sevilla 41018 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Badajoz, 26 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.