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Concurso de acreedores

ACITRANS SAL

CIF A20456596Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
6 — 28/07/2025 → 08/10/2025
Procedimiento
165/2025
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN · MERCANTIL DE DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN Nº 001 · Mercantil de San Sebastián - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/10/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 165/2025Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 23/09/2025

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso08/10/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 165/2025Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 23/09/2025

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal24/09/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 165/2025Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 24/07/2025

    Resolución sobre las facultades de administración

  4. Declaración de concurso24/09/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN Proc. 165/2025Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 24/07/2025

    Auto de declaración de concurso

  5. Conclusión del concurso24/09/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN Nº 001Proc. 165/2025Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 23/09/2025

    en el procedimiento concursal 165/2025 ACITRANS SAL, CIF A20456596, se ha dictado el 23 de septiembre del 2025 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

  6. Declaración de concurso28/07/2025
    ⚖️ Mercantil de San Sebastián - 1Proc. 165/2025Juez : Pedro José Malagón RuizAuto 24/07/2025

    Se ha declarado en concurso voluntario sin masa a la deudora Acitrans SAL con CIF: A20456596 Los acreedores que representen el 5% del pasivo podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal en el plazo de 15 días.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.