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Concurso de acreedores
ACABADOS TEXTILES SANTANDER SL
CIF B65014888Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 9 — 25/01/2021 → 17/06/2022
- Procedimiento
- 1704/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1704/2020Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 08/04/2022
DECLARACION CONCURSO CONSECUTIVO
- Convenio de acreedores17/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1704/2020Juez : MARIA ISABEL FRADE HEVIAAuto 08/04/2022
Declarar la conclusión del concurso de acreedores de JESUS MARIA VARGAS REYES
- Convenio de acreedores11/04/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1704/2020Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 08/04/2022
.APROBAR la propuesta de convenio presentada por la concursada ACABADOS TEXTILES SANTANDER, S.L.,
- Convenio de acreedores03/12/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1704/2020Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 02/12/2021
Declaro finalizada la fase común del procedimiento concursal de ACABADOS TEXTILES SANTANDER, S.L y la apertura de la fase de convenio que se encabezará con esta resolución y la formación de la sección quinta.
- Otro acto concursal21/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1704/2020Juez : SOFIA GIL GARCIAAuto 08/04/2022
AUTO DE CONCLUSION APROBACION DE CUENTAS
- Otro acto concursal21/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1704/2020Juez : YOLANDA RIOS LOPEZAuto 25/05/2022
DECLARACION DE CONCURSO POR LA S REGLAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO
- Declaración de concurso07/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1704/2020Auto 12/01/2021
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal23/03/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1704/2020Juez : BERTA PELLICER ORTIZAuto 18/03/2021
La administración concursal ha presentado el informe de los Arts. 292 y ss LC, junto con el inventario de los bienes y la lista de acreedores
- Declaración de concurso25/01/2021⚖️ BARCELONAProc. 1704/2020Auto 13/01/2021
Don Juan Diego Carrillo Pantoja, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1704/2020 Sección: C1 NIG: 0801947120198021843 Fecha del auto de declaración. 12/01/2021. Clase de concurso. voluntario abreviado. Entidad concursada. Acabados Textiles Santander, Sociedad Limitada, con CIF B65014888. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Canals-Conde-Escalza, Sociedad Limitada Profesional, quien designa como persona física a Mauricio Canals Ramoneda. Dirección postal: Rambla Catalunya, 49-51 3º 2ª (08007) en Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 512 Ley Concursal). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 13 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Diego Carrillo Pantoja.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.