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Concurso de acreedores

ABURI 27 SL

CIF B47642095Ver la ficha de la empresa

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102/06/201402/06/2014

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/06/2014
    ⚖️ VALLADOLIDAuto 09/05/2014

    Edicto Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Valladolid, por el presente, Hago saber: Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000249/2014 y NIG número 47186 47 1 2014 0000290, se ha dictado en fecha 9 de mayo de 2014, auto de declaración de concurso del deudor Aburi 27, S.L., con CIF: B-47642095, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Niña Guapa, 27, bajo, 47004 Valladolid. Segundo.-Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición del patrimonio, sometidas a la autorización de la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a don Jesús Redondo Blanco, con domicilio postal en calle Pío del Río Ortega, número 8, 1º oficina 7ª-8ª 47014 Valladolid, y dirección de correo electrónico [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. "En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado". Cuarto.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Valladolid, 14 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.