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Concurso de acreedores

96 FLY THE SKY SL

CIF B64817752Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/01/201326/01/2013
Procedimiento
807/2012

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/01/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 807/2012Auto 15/01/2013

    Edicto de declaración de concurso D. Juan Ignacio Gómez del Blanco, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.° 9 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 807/2012 Sección C4. Fecha del auto de declaración: 27/12/2012. Clase de concurso: Abreviado y apertura de liquidación. Entidad concursada: 96 Fly The Sky, S.L., con domicilio en Polígono Can Roqueta Calle N’Alzina, 79, Sabadell (08202), CIF B64817752, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 40362, Folio 8, Hoja número B365364, inscripción 1.ª Administración concursal: KPMG Abogados, S.L., con domicilio profesional en Barcelona, Plaza d’Europa, 41-43 (08908) de L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Tlf.932532903, fax.932802900, que ha designado como persona física a la abogado D.ª Olga Forner Beltrán. Dirección electrónica para la comunicación de créditos: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 15 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.