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Concurso de acreedores

4D-LIFE SL

CIF B65375008Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
127/07/201627/07/2016
Procedimiento
274/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 274/2016Auto 03/06/2016

    Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 274/2016 en el que se ha dictado con fecha 03-06-2016 auto, declarando en estado de concurso la entidad 4D LIFE, S.L., con CIF B65375008, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08017-47-1-2015-8008718. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: 4D LIFE, S.L., con domicilio en c/ Selva de Mar, 5, Barcelona. Administrador concursal: Audilegalia Iuris, con domicilio en avenida Tibidabo, 49, Barcelona 08035, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.