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Concurso de acreedores

4000FLORES IDEAS 3.0 SL

CIF B12876363Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
512/12/201722/06/2022
Procedimiento
000308/2017 · 308/2017 · 09/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000308/2017Auto 01/06/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal22/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000308/2017Auto 01/06/2022

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso22/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000308/2017Auto 01/06/2022

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso06/06/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 308/2017Juez : BEATRIZ SARRION MARTIAuto 01/06/2022

    AUTO DE CONCLUSION DEL CONCURSO

  5. Otro acto concursal12/12/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 09/2017Auto 17/11/2017

    Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 15/09/2017, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000308/2017, N.I.G. n.º 12040-66-1-2017-0000357, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "4000 FLORES IDEAS 30, SL", domiciliado en Calle La Luna,18, 1.º H CS y C.I.F./D.N.I. número B12876363. Segundo; Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Admnistrador/es Concursal/es a doña María Dolores Adsuara Vicent, con domicilio en C/ Pintor Bosch, n.º 3, Entlo 2.º (12540) Villareal, Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 17 de noviembre de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.