Concurso de acreedores
3B MISAL SL
CIF B61359402Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 30/07/2014 → 16/07/2024
- Procedimiento
- 531/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso16/07/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 531/2014Juez : MARIA TERESA PEÑA RODRIGUEZAuto 11/06/2024
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, a BEATRIZ GARCIA MATESANZ. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación.
- Conclusión del concurso12/06/2024⚖️ Mercantil - 3Proc. 531/2014Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 11/06/2024
Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil 3B MISAL S.L., con CIF B-61359402 y domicilio en Vilalba Sasserra, Via Augusta nº 35,
- Otro acto concursal25/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 531/2014Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 11/06/2024
Se acuerda la declaración y conclusión el concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los posibles gastos del procedimiento. Podrá interponer RECURSO DE APELACIÓN quien ostente interés legítimo (art. 471 TRLC).
- Declaración de concurso30/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaAuto 23/06/2014
Doña M.ª Aranzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 531/14, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad 3B MISAL, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso voluntario 531/14 Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8004201. Entidad concursada.- 3B MISAL, S.L. con C.I.F. n.º B61359402. tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Declaración.- 23 de Junio de 2014. Administrador concursal.-Doña Anna María Velayos Catafal, con domicilio profesional en C. Girona, 33, 5.º, 08402 Granollers (Barcelona), n.º de teléfono y n.º de fax 930138890, con dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- suspendidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de créditos conforme al art. 85 L.C..- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administracion Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. Tambíen podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos reativos al crédito. El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.