Concurso de acreedores
22 GRADOS SA
CIF A80812852Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 19/06/2013 → 29/04/2022
- Procedimiento
- 225/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · MERCANTIL - 8 · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 225/2013Auto 31/03/2022
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso29/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 225/2013Auto 31/03/2022
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso08/04/2022⚖️ MERCANTIL - 8Proc. 225/2013Juez : VERÓNICA CALVO MORENOAuto 31/03/2022
SE DECLARA CONCLUSION Y ARCHIVO
- Otro acto concursal19/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 06/06/2013
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto den el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 225 /2013, por auto de 6 de junio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor 22 Gragos, S.A., con domicilio en calle Mar Mediterráneo, n.º 2, nave 4, Polígono Industrial Las Fronteras, San Fernando de Henares (Madrid) y CIF A-80812852. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, D. Carlos de Pablo Blaya, con despacho profesional en Madrid, calle Buen Suceso, 4, 1.º izd., Madrid 28008, teléfono 91.559.94.47, fax 91.559.94.59, y correo electrónico [email protected] la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración Concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 7 de junio de 2013.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.