VIVENDES COMTE DE BARCELONA 8 SL

Hoja PM53123· NIF B57394363

ConcursoIlles Balears
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
Mir Pons Nadal

Información jurídica

Información jurídica de VIVENDES COMTE DE BARCELONA 8 SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000093954358
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
EstadoConcurso

Actividad

VIVENDES COMTE DE BARCELONA 8 SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 1 de diciembre de 2015 al 3 de marzo de 2016.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Cartografía de administradores

10 nodos Persona Sociedad
VIVENDES COMTE DE BAR…Mir Pons NadalMir Pons NadalINSULAR DE PROMOCIONES INMOBILIARIAS SL EN LIQUIDACIONINSULAR DE PROMOCION…PROMOTORA ATRIUM 94 SLPROMOTORA ATRIUM 94 …ARGOS 96 SLARGOS 96 SLPICASSO 57 SLPICASSO 57 SLVIVIENDAS GARITA CORB MARI 29 SLVIVIENDAS GARITA COR…VIVIENDAS MURILLO POU SLVIVIENDAS MURILLO PO…JAIME III 24. ARQUITECTOS SLJAIME III 24. ARQUIT…AVENIDA JAIME III, 24 CONSTRUCCIONES SLAVENIDA JAIME III, 2…

Cronología (BORME)

  1. 03/03/2016#3748064
    VIVENDES COMTE DE BARCELONA 8 SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2182 , F 114, S 8, H PM 53123, I/ANota (22.06.15).
  2. 01/12/2015#3610830
    VIVENDES COMTE DE BARCELONA 8 SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 759/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 26/03/2015. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE PA

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Información de contacto

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Dirección completaAVDA JAIME III 24 ENTLO, MALLORCA, PALMA DE MALLORCA, Illes Balears
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Illes Balears — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso07/05/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 759/2013

    Don Esteban Martínez Rovira, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso 759/2013-L y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001553 se ha dictado en fecha 26/03/2015 Auto de declaración de concurso necesario del deudor Vivendes Compte de Barcelona n.º 8, S.L., con CIF B57394363, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma, en c/ Jaime III, 24, entresuelo C, 07012 Palma. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. 3.º Se ha nombrado administrador concursal al bufete Gene Font Mora, S.L., con domicilio profesional y postal donde realizar las comunicaciones de créditos en Avda. Alejandro Roselló, n.º 40, 8.º, 07002 de Palma de Mallorca y correo electrónico [email protected] donde efectuar comunicación de créditos, y con teléfono 653965663, fax 971227727. 4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la Administración Concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal) Palma de Mallorca, 28 de abril de 2015.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2015-14275
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