VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA

Hoja BI42163· NIF B95358891

Extinguida · 31/01/2018Bizkaia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000066770364
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 4533 · Folio 125 · Hoja BI42163
EstadoLiquidada

Actividad

VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Bizkaia, País Vasco. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 30 de diciembre de 2016 al 31 de enero de 2018, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 31/01/2018· Inscrito 23/01/2018· I/A 2
  2. ExtinciónPublicado 31/01/2018· Inscrito 23/01/2018· I/A 2

Cambios

  1. 31/01/2018Extinción

Cronología (BORME)

  1. 31/01/2018#4723953
    Ceses/DimisionesExtinción
    VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: ZUBIA ESCOBAL ENRIQUE JAVIER. Situación concursal. Procedimiento concursal 1/2018. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/01/2018. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGAD
  2. 20/10/2017#4585180
    VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA. Reapertura hoja registral. Datos registrales. T 4533 , F 125, S 8, H BI 42163, I/A 1 m (11.10.17).
  3. 30/12/2016#4180402
    VIERPRO SOCIEDAD LIMITADA. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 4533 , F 122, S 8, H BI 42163, I/A 1 H ( 2.11.16).

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.

Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaC/ LUIS LOPEZ OSES 6 2 B, BIZKAIA, GETXO
Otros sitios asociadosReservado para usuarios registrados
Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
HorarioReservado para usuarios registrados

Prospectar

Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Bizkaia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso20/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 1/2018

    EL Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia, Que el procedimiento CNA 1/2018-M, correspondiente al deudor «Vierpro, S.L.», con CIF B-95358891, se ha dictado Auto 8/2018 de fecha 10 de enero cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: 1. Se declara el concurso voluntario de «Vierpro, S.L.» con CIF B-95358891. Simultáneamente se declara su Conclusión por insuficiencia de masa activa. 2. Publíquese esta resolución por medio de edictos en el Registro Público Concursal, en el tablón de anuncios de éste Juzgado, y en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo dicha publicación carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. El oficio con el edicto se entregará a la procuradora solicitante para su diligenciamiento. 3. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. 4. Notifíquese esta resolución a las partes personadas y al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y al Departamento de Hacienda de al Diputación Foral de Bizkaia. Modo de Impugnación: 1.º) Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (articulo 20.2y 3 de la LC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de 20 días hábiles, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 2755 0000 52 0001 18, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un " Recurso" código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ). 2.º) Contra los demás pronunciamientos del auto cabe Recurso de Reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 LC y 452 LEC). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta indicada en el apartado anterior, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un " Recurso" código 00-Reposición. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ) No están obligados a constituir depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. El plazo para interponer los recursos indicados contará, respecto de las partes que ha comparecido, desde la notificación del auto, y, respecto de los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración de concurso en el «Boletín Oficial de Estado». Bilbao (Bizkaia), 10 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-3260
Ver el expediente completo