VEICASA MOTOR S.L

Hoja BA7597· NIF B06247258

Extinguida · 16/04/2021Badajoz
Domicilio :
Actividad :
Mantenimiento y reparación de vehículos de motor
Forma jurídica :
Sociedades de responsabilidad limitada

Información jurídica

Información jurídica de VEICASA MOTOR S.L

NIF
Hoja registral
IRUS1000179802565
Forma jurídicaSociedades de responsabilidad limitada
Denominaciones anteriores
VEICASA MOTOR S.L. EN LIQUIDACION2015-10-08
EstadoLiquidada

Actividad

VEICASA MOTOR S.L es una Sociedades de responsabilidad limitada con domicilio social en Badajoz, Extremadura. Su actividad declarada es «Mantenimiento y reparación de vehículos de motor» (CNAE 4520). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 14 de marzo de 2011 al 16 de abril de 2021, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

4520 · Mantenimiento y reparación de vehículos de motor

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Apoderados

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 16/04/2021
  2. Ceses/DimisionesPublicado 08/10/2015
  3. DisoluciónPublicado 08/10/2015
  4. NombramientosPublicado 14/03/2011

Cambios

  1. 16/04/2021Extinción
  2. 08/10/2015Cambio de denominación social

    VEICASA MOTOR S.LVEICASA MOTOR S.L. EN LIQUIDACION

  3. 08/10/2015Disolución

Cronología (BORME)

  1. 16/04/2021#6358878
    Extinción
    VEICASA MOTOR S.L. Situación concursal. Procedimiento concursal 363/2014. FIRME: SI, Fecha de resolución 09/02/2015. Auto de conclusión del concurso. Finalización de fase de liquidación. Juzgado: num. 1 BADAJOZ MERCANTIL. Juez: CESAR JOSE FERNANDEZ Z
  2. 08/10/2015#3529908

    Denominación: VEICASA MOTOR S.L. EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    VEICASA MOTOR S.L. EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: TREJO GIL JOAQUIN;GOMEZ BLANCO PEDRO;GONZALEZ BARRENA GERMAN ALFONSO. Situación concursal. Procedimiento concursal 363/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/02/2015. Auto de apertura
  3. 26/11/2014#3081409
    VEICASA MOTOR S.L. Situación concursal. Procedimiento concursal 363/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/11/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 BADAJOZ MERCANTIL. Juez: PEDRO MACIAS MONTES. Resoluciones: QUEDA CONVER
  4. 22/10/2014#3022279
    VEICASA MOTOR S.L. Situación concursal. Procedimiento concursal 363/2014. FIRME: No, Fecha de resolución 10/09/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 BADAJOZ MERCANTIL. Juez: PEDRO MACIAS MONTES. Resoluciones: SE DECLARA E
  5. 14/03/2011#1118109
    Nombramientos
    VEICASA MOTOR S.L. Nombramientos. Apoderado: GONZALEZ BARRERA GERMAN ALFONSO. Datos registrales. T 137, L 1, F 64, S 8, H BA 7597,BA , I/ 8 .( 3.03.11).

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Dirección completaPOLIG INDUSTRIAL EL PRADO, CALLE PAMPLONA, PARCELA 101 0, BADAJOZ, MERIDA
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Mantenimiento y reparación de vehículos de motor — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal09/04/2021
    ⚖️ BADAJOZ MERCANTIL 1Proc. 363/2014
    Juez: MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO

    RENDICIÓN FINAL DE CUENTAS

    RPC-52506RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Conclusión del concurso08/10/2020
    ⚖️ BADAJOZ MERCANTIL 1Proc. 363/2014
    Juez: Santiago Aragonés SeijoConcurso: Voluntario

    SEGÚN EDICTO ANEXO EN PDF

    RPC-52505RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Declaración de concurso07/09/2020
    ⚖️ BADAJOZ

    Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 363/14, seguido en este órgano judicial, a instancia del Procurador don Luis Vela Álvarez, en nombre de Veicasa Motor, S.L., CIF B06247258, se ha dictado Auto de fecha de 30 de julio de 2020, cuyo fallo es del contenido literal siguiente: 1.- Declarar la conclusión del concurso voluntario, instado por el procurador don Luis Vela Álvarez de Veicasa Motor, S.L., CIF B06247258, al haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada. 2.-. Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda. 3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. 4.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose testimonio de la presente resolución. 5.- Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publidad se acuerda gratuita. 6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal integrada por doña Elena González Lavado, declarando su cese. Badajoz, 30 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

    BOE-B-2020-28443
  4. Otro acto concursal24/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz

    Doña Lucia Peces Gómez Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia: 1. Que en el Sección I, Declaración Concurso 0000363/2014, referente al deudor VEICASA MOTOR, S.L., CIF B06247258, se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Badajoz, 13 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2014-41255
  5. Declaración de concurso27/09/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz

    Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000363/2014, se ha dictado en fecha 10 de septiembre de 2014, Auto de declaración de concurso del deudor VEICASA MOTOR, S.L., con CIF B06247258, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Mérida (Badajoz), C/ Pamplona, parcela 1A 01 del Polígono Industrial El Prado, CP 06800. 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor, quedan intervenidas por la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la Letrada D.ª Elena González Lavado, con domicilio postal en la Av. de Extremadura, 29, 2.º, de Mérida, CP 06800, y correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral. Badajoz, 10 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2014-33488
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