VALERO Y RAMO SL

Hoja TE2735· NIF B44169456

Extinguida · 29/08/2022Teruel
Domicilio :
Actividad :
Construcción de edificios residenciales
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Capital social :
30 530,80 €

Información jurídica

Información jurídica de VALERO Y RAMO SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000221893155
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Capital social30 530,80 €
Referencia registralTomo 229 · Folio 98 · Hoja TE2735
EstadoConcurso

Actividad

VALERO Y RAMO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Teruel, Aragón. Su actividad declarada es «Construcción de edificios residenciales» (CNAE 4121). El Registro Mercantil ha publicado 8 actos sobre esta sociedad, del 2 de marzo de 2017 al 29 de agosto de 2022, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 30 530,80 €.

Actividad económica (CNAE)

4121 · Construcción de edificios residenciales

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

3 nodos Persona Sociedad
VALERO Y RAMO SLValero Catalan Miguel AngelValero Catalan Migue…VALE TIRWAL CONSTRUCCIONES SLVALE TIRWAL CONSTRUC…

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 29/08/2022· Inscrito 19/08/2022· I/A 7
  2. Ampliación de capitalPublicado 21/02/2018· Inscrito 25/01/2018· I/A 5
  3. Modificaciones estatutariasPublicado 21/02/2018· Inscrito 25/01/2018· I/A 5
  4. Ceses/DimisionesPublicado 27/04/2017· Inscrito 20/04/2017· I/A 4
  5. NombramientosPublicado 27/04/2017· Inscrito 20/04/2017· I/A 4
  6. Ceses/DimisionesPublicado 02/03/2017· Inscrito 21/02/2017· I/A 3
  7. NombramientosPublicado 02/03/2017· Inscrito 21/02/2017· I/A 3

Cambios

  1. 29/08/2022Extinción
  2. 21/02/2018Modificaciones estatutarias

Capital · eventos

  1. 21/02/2018Ampliación de capital
    Capital resultante: 30 530,80 € (+12 500,80 €)

Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.

Cronología (BORME)

  1. 29/08/2022#7140135
    Extinción
    VALERO Y RAMO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 253/2018. FIRME: SI, Fecha de resolución 12/06/2018. Auto de conclusión del concurso. Finalización de fase de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMER
  2. 12/11/2018#5122704
    VALERO Y RAMO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 253/2018. FIRME: SI, Fecha de resolución 12/06/2018. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE TERUEL. Juez: JUAN
  3. 21/02/2018#4758876
    Ampliación de capitalModificaciones estatutarias
    VALERO Y RAMO SL. Ampliación de capital. Capital: 12.500,80 Euros. Resultante Suscrito: 30.530,80 Euros. Modificaciones estatutarias. Artículo de los Estatutos : 5. Capital. El capital social, totalmente suscrito y desembolsado, se fija en TREINTA MI
  4. 27/04/2017#4353631
    Ceses/DimisionesNombramientos
    VALERO Y RAMO SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: VALERO ALVAREZ MIGUEL ANGEL. Nombramientos. Adm. Unico: VALERO CATALAN MIGUEL ANGEL. Datos registrales. T 189, L 189, F 221, S 8, H TE 2735, I/A 4 (20.04.17).
  5. 02/03/2017#4273533
    Ceses/DimisionesNombramientos
    VALERO Y RAMO SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: VALERO ALVAREZ MIGUEL ANGEL;RAMO VENTURA JOSE MARIA. Nombramientos. Adm. Unico: VALERO ALVAREZ MIGUEL ANGEL. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administradores mancomunados a Admini

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Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso13/10/2018
    ⚖️ TERUELProc. 253/2018

    El Juzgado de lo Mercantil de Teruel, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (lc), Anuncia 1.º- Que en el Concursal - Sección 1.ª (General) número 253/2018 NIG 4421641120180000928, por auto de doce de junio de 2018 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor VALERO Y RAMO, S.L.,. con C.I.F. B44169456, con domicilio social en CALLE LOS ROSALES, N.º 30, BAJO de Teruel. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La Administración concursal está integrada por ECONOMISTAS Y LETRADOS CONCURSALES, S.L.P., con domicilio postal en la calle Madre Rafols, N.º 2, Edificio Aida, local Derecha de Zaragoza (CP: 50.004) y dirección electrónica: [email protected], a través de la persona física Don José Manuel Sebastián Rubio (DNI 17.218.675-R). La comunicación se dirigirá a la Administración concursal y se formulará bien por escrito, firmado por el acreedor, interesado, o representante acreditado, bien por medios electrónicos. Para ello (sin perjuicio del domicilio designado en sede judicial) se ha facilitado como dirección postal calle Madre Rafols, N.º 2, Edificio Aida, local Derecha de Zaragoza (CP: 50.004) y dirección electrónica: [email protected]. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Se acompañará copia, en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. (art. 85 LC). Los acreedores deberán formular la comunicación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso. (art. 21.1. 5.º LC). No obstante, hasta la presentación de los textos definitivos se podrán presentar comunicaciones de nuevos créditos o de los que se justifique no haber tenido noticia antes (art. 96 bis LC). 4.º- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). 5.º- La dirección electrónica del registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.publicidadconcursal.es. Teruel, 2 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-48749
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