TRANS C A S O CARDEDEU SL

Hoja B164514· NIF B61456257

Extinguida · 03/01/2017Barcelona
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de TRANS C A S O CARDEDEU SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000341509033
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadLlinars del Vallès
Referencia registralTomo 30098 · Folio 118 · Hoja B164514
EstadoLiquidada

Actividad

TRANS C A S O CARDEDEU SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Llinars del Vallès (Barcelona, Cataluña). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 8 de abril de 2015 al 3 de enero de 2017, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. RevocacionesPublicado 03/01/2017· Inscrito 27/12/2016· I/A 13
  2. ExtinciónPublicado 03/01/2017· Inscrito 27/12/2016· I/A 13
  3. RevocacionesPublicado 08/04/2015· Inscrito 30/03/2015· I/A 11
  4. NombramientosPublicado 08/04/2015· Inscrito 30/03/2015· I/A 11
  5. DisoluciónPublicado 08/04/2015· Inscrito 30/03/2015· I/A 11

Cambios

  1. 03/01/2017Extinción
  2. 08/04/2015Disolución

Cronología (BORME)

  1. 03/01/2017#10493171
    RevocacionesExtinción
    TRANS C A S O CARDEDEU SL. Revocaciones. ADM.CONCURS.: V & V INTERVENCION LEGAL SLP. REP.ADM.CONC: VIDAL FERNANDEZ PASCUAL. Otros conceptos: JUZGADO MERCANTIL 6 DE BARCELONA, PROCEDIMIENTO CONCURSO VOLUNTARIO 485/2014, AUTO FIRME DE FECHA 22/11/2016,
  2. 08/04/2015#3271616
    RevocacionesNombramientosDisolución
    TRANS C A S O CARDEDEU SL. Revocaciones. ADM.UNICO: VIDAL GONZALEZ JOSE MIGUEL. Nombramientos. ADM.CONCURS.: V & V INTERVENCION LEGAL SLP. REP.ADM.CONC: VIDAL FERNANDEZ PASCUAL. Otros conceptos: JUZGADO MERCANTIL 6 DE BARCELONA, PROCEDIMIENTO CONCURS

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Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

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Información de contacto

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Dirección completaCL MERCE RODOREDA 7, LOCAL, BARCELONA, LLINARS DEL VALLES
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Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Barcelona — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso20/02/2017
    ⚖️ BARCELONA

    Edicto Don José Vela Pérez, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hago saber: Que en este Juzgado y en los autos de referencia se ha dictado en el día de la fecha resolución que, en su parte interesante, es del tenor siguiente: PARTE DISPOSITIVA: SE ACUERDA la conclusión del concurso de la entidad mercantil TRANS C.A.S.O. CARDEDEU, S.L., con C.I.F.-B-61456257, con domicilio social en la calle Mergé Rodoreda, n.º 7, de la localidad de Llinars del Valles (Barcelona), inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 30098, folio 117, hoja B-164514; y el archivo de las actuaciones. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, teniendo por cesados en sus funciones a sus integrantes, recuperando la concursada su plena capacidad de administración y disposición de sus bienes. Pueden los acreedores iniciar o continuar ejecuciones singulares contra el deudor, en tanto no se acuerde la reapertura o se declare nuevo concurso. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, a los administradores concursales y mediante edictos, que se publicarán en el Registro Público Concursal, haciéndose entrega del mismo al Procurador solicitante a fin de que cuide de su curso y gestión, y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Líbrese oficio al Juzgado Decano de Barcelona. Se decreta la extinción de la sociedad TRANS C.A.S.O. CARDEDEU, S.L. Remítase mandamiento al Registro Mercantil de Barcelona a fin de que procedan al cierre de la hoja de inscripción de la concursada, haciéndose entrega del mismo al Procurador solicitante a fin de que cuide de su curso y gestión. Quede en las actuaciones testimonio de la presente resolución, llevando el original al libro de Autos originales. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Así lo manda y firma el Magistrado Juez Francisco Javier Fernández Álvarez del Juzgado Mercantil 6 Barcelona; de lo que doy fe. Y para que sirva de publicidad a los efectos acordados en la misma, libro el presente. Barcelona, 14 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

    BOE-B-2017-10644
  2. Otro acto concursal13/08/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 485/2014

    Edicto Don José Vela Pérez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 485/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha, el concurso voluntario de Trans C.A.S.O. Cardedeu, Sociedad Limitada con CIF B61456257, con domicilio social en la calle Merçè Rodoreda, 7 de la localidad de Llinars del Vallés (Barcelona) inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 30098, folio 117, hoja B-164514, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/D.ª Pascual Vidal Fernández lo que acredita exhibiendo el DNI 36494536E, en calidad de Abogado, con domicilio en Barcelona 08021 calle Muntaner, 479-483, 3.º 6.ª (dirección electrónica [email protected] y número de teléfono 932.183.387) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán, acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgado Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 29 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2014-29595
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