TACURVAL SL
Hoja V20920· NIF B46159968
- Domicilio :
- Actividad :
- Fabricación de chapas y tableros de madera
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de TACURVAL SL
Actividad
TACURVAL SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Silla (Valencia, Comunitat Valenciana). Su actividad declarada es «Fabricación de chapas y tableros de madera» (CNAE 1621). El Registro Mercantil ha publicado 11 actos sobre esta sociedad, del 11 de agosto de 2009 al 10 de noviembre de 2017, repartidos en 6 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
1621 · Fabricación de chapas y tableros de madera
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Aguilar Garcia JoseCese el 31/10/2017Administrador Solidario
- Camps Ramirez AgustinCese el 31/10/2017Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 08/11/2017Disolución
- 08/11/2017Extinción
- 20/12/2012Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 10/11/2017#4613618Situación concursal
TACURVAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 88/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 29/09/2017. Auto de declaración de cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: BEGOÑA PUERTOS GARCIA. Datos registrales. T … - 08/11/2017#4611715Ceses/DimisionesNombramientosDisoluciónExtinción
TACURVAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CAMPS RAMIREZ AGUSTIN. Nombramientos. Adm. Solid.: CAMPS RAMIREZ AGUSTIN;AGUILAR GARCIA JOSE. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Liquidadores Solidarios. Disolución. … - 27/07/2017#4481501Situación concursal
TACURVAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 88/2009. FIRME: No, Fecha de resolución 8/05/2017. Auto de declaración de cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: MONTSERRAT MOLINA PLA. Resolucion… - 20/12/2012#2046429Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutarias
TACURVAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: CAMPS RAMIREZ AGUSTIN;AGUILAR GARCIA JOSE. Nombramientos. Adm. Unico: CAMPS RAMIREZ AGUSTIN. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administradores solidarios a Administrador únic… - 09/12/2011#1494754Situación concursal
TACURVAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 88/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 21/03/2011. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: JOSE MARIA CUTILLAS TORNS. Situación concursal. Procedi… - 11/08/2009#343397Situación concursal
TACURVAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 88/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 3/06/2009. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: BEGOÑA PUERTOS GARCIA. Situación concursal. Procedimiento concursal …
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Fabricación de chapas y tableros de madera — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso07/11/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaBOE-B-2017-65056 ↗
Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 88/09 habiéndose dictado por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto de cumplimiento de convenio en fecha 8 de mayo de 2017 respecto de la mercantil Tacurval, S.L. con CIF B46159968, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva Acuerdo: 1. Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 21 de marzo de 2011. 2. Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público Concursal, en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este tribunal. 3.Expedir, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, los despachos siguientes: 1.º Registro Mercantil de Valencia, para constancia en la inscripción correspondiente al concursado significándole que remita las certificaciones correspondientes a los registros de bienes en los que el concursado tiene registrados sus bienes como ya se efectuó con la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del reglamento del registro mercantil. 4. Entregar los despachos expedidos al efecto al procurador Sr. Ruiz Martín, Juan Antonio, a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión. 5. Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales. Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal. Información sobre el depósito para recurrir De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo "concepto" el código "00 Civil-Reposición" y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo "concepto" el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior. En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase. Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores. Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. El/La Juez/Magistrado-Juez. El/La Letrado/a. Justicia. Valencia, 24 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso29/06/2009⚖️ VALENCIA.BOE-B-2009-22152 ↗
Doña Ana Escrivá Crespo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 88/09 habiéndose dictado en fecha 3 de junio de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de acreedores de Tacurval, S.L., con CIF. B-46159968, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Valencia, 3 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.