SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO SLP
Hoja TO18951· NIF B45523008
- Domicilio :
- Actividad :
- Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada Profesional (SLP)
- Administrador :
- Barrasa Guzman Francisco
Información jurídica
Información jurídica de SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO SLP
Actividad
SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO SLP es una Sociedad Limitada Profesional (SLP) con domicilio social en Torrijos (Toledo, Castilla-La Mancha). Su actividad declarada es «Otras actividades de consultoría de gestión empresarial» (CNAE 7022). El Registro Mercantil ha publicado 1 actos sobre esta sociedad.
Actividad económica (CNAE)
7022 · Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
Objeto social
El ejercicio común de la actividad propia de Economista-Auditor de Cuentasy la de los Economistas, según lo establecido en el Decreto 871/77, de 26 de abril (BOE de 28 de abril de 1977).
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Barrasa Guzman FranciscoAdministrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Cambio de objeto socialPublicado 05/03/2009· Inscrito 23/02/2009· I/A 3
Cambios
- 05/03/2009Cambio de objeto social
El ejercicio común de la actividad propia de Economista-Auditor de Cuentasy la de los Economistas, según lo establecido en el Decreto 871/77, de 26 de abril (BOE de 28 de abril de 1977).
Cronología (BORME)
- 05/03/2009#105213Cambio de objeto social
SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO SLP. Otros conceptos: Adaptada a la ley 2/2007 de sociedades profesionales la sociedad SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO SLP con fecha 04/11/2008. Cambio de objeto social. El ejercicio común de la actividad propia de Economi…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Otras actividades de consultoría de gestión empresarial — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal07/04/2018⚖️ CIUDAD REALProc. 255/2012BOE-B-2018-20705 ↗
Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, Hago saber: 1.-Que en los autos de concurso voluntario abreviado seguidos en este órgano judicial con el nº 255/2012 y NIG nº 13034 41 1 2012 0003957 del concursado don Fernando García Villaraco Jurado, con DNI: 05.921.423G, por Auto de 02/04/18 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal. 2.-Se ha acordado el cese definitivo de la Administración Concursal designada, SOLUCIONES Y PROYECTOS TOLEDO S.L.P. con CIF: B45523008, debiendo la misma devolver las credenciales entregadas en su día. 3.-Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. 4.-El concursado quedará responsable como deudor del pago de los créditos restantes del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo. 5.-No ha lugar a conceder la exoneración total ni parcial del pasivo a don Fernando García Villaraco Jurado. Ciudad Real, 3 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso19/11/2012⚖️ CIUDAD REALProc. 2012/0003BOE-B-2012-39459 ↗
Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la sección I, declaración concurso número 0000255/2012 y NIG número 13034 41 1 2012/0003957, se ha dictado en fecha 15 de octubre de 2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor don Fernando García-Villaraco Jurado, con DNI 05921423G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cruces, número 30, 4.º B, de Puertollano (Ciudad Real), casado con doña María del Carmen Marcos Rodríguez, y cuyo régimen matrimonial es el de separación de bienes. 2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador concursal designado. 3.º Se designó, como administradora concursal, a la sociedad "J.C.S. y Asociados Auditores Consultores, S.A.P.", la cual, no habiendo comparecido a aceptar el cargo, se acuerda por auto de 26 de octubre de 2012 dejar sin efecto el nombramiento efectuado y designar como Administrador concursal a "Soluciones y Proyectos Toledo, S.L.P.", con CIF B-45.523008, domicilio en calle Gibraltar Español, número 2, piso 1.º B, 45500 Torrijos (Toledo), y correo electrónico [email protected], domicilios estos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º La administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 6.º A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (artículo 95.1 LC). 7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 12 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.