SERAVE SOCIEDAD LIMITADA
Hoja T6471· NIF B43052919
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de SERAVE SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
SERAVE SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Tarragona, Cataluña. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 18 de enero de 2012 al 9 de agosto de 2017, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Calmet Vidal Francesc XavierCese el 05/12/2013Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 09/08/2017· Inscrito 02/08/2017· I/A 13
- Ceses/DimisionesPublicado 12/12/2013· Inscrito 05/12/2013· I/A 12
- DisoluciónPublicado 12/12/2013· Inscrito 05/12/2013· I/A 12
- Cambio de domicilio socialPublicado 18/01/2012· Inscrito 05/01/2012· I/A 11
Cambios
- 09/08/2017Extinción
- 12/12/2013Cambio de denominación social
SERAVE SOCIEDAD LIMITADA→SERAVE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 12/12/2013Disolución
- 18/01/2012Cambio de domicilio social
C/ AREA DE MANTENIMENT AUTOPISTA S/N - AP-7 SALIDA (VENDRELL (EL))
Cronología (BORME)
- 09/08/2017#4501619Extinción
SERAVE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 704/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 17/07/2017. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL TARRAGONA. Juez: CESAR SUA… - 12/12/2013#2582585
Denominación: SERAVE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónSERAVE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CALMET VIDAL FRANCESC XAVIER. Situación concursal. Procedimiento concursal 704/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 8/11/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado… - 18/01/2012#1541943Cambio de domicilio social
SERAVE SOCIEDAD LIMITADA. Cambio de domicilio social. C/ AREA DE MANTENIMENT AUTOPISTA S/N - AP-7 SALIDA (VENDRELL (EL)). Datos registrales. T 914 , F 82, S 8, H T 6471, I/A 11 ( 5.01.12).
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Tarragona — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso22/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaProc. 704/2013BOE-B-2017-45057 ↗
Don Joan Holgado Esteban, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente, Hhago saber. Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 704/2013-3 de concurso de la mercantil SERAVE, S.L., se ha dictado en fecha 17-7-17 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa, habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de SERAVE, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 704/13-3 a instancias de SERAVE, S.L. y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa Se declara la extinción de la mercantil SERAVE, S.L. (CIFB43052919 ) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado a la Procuradora de la concursada, el Sr. Farré Lerín, para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos, recordándole el deber de cumplir con las obligaciones que tiene encomendadas, respondiendo particulamente del régimen de publicidad del concurso, para lo que deberá proceder en el plazo de diez dias a su cumplimentación, con apercibimiento que de no hacerlo o no justificar las razones que se lo impiden en dicho plazo, se pondrá en conocimiento del Colegio de Procurdadores para que, si resulta pertinente, se adopten las medidas sancionadoras oportunas. Se comunica al Registrador Mercantil que deberá proceder a la anotación preventiva en los Registros de la Propiedad en los cuales consten inscritos bienes inmuebles propiedad de la concursada, así como en cualesquiera otros Registros públicos en los que la concursada tenga anotados bienes de su propiedad, en cumplimiento del artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil. Igualmente se librará mandamiento al Registro Público concursal para dar publicidad a la presente resolución, que será entregado a la Procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciado. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma Don Cesar Suarez Vazquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe". Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 17 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso25/11/2013⚖️ TARRAGONAProc. 704/2013BOE-B-2013-44470 ↗
El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 704/2013-3 se ha dictado en fecha 8-11-13, auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Serave, S.L., con CIF B43052919 y domicilio social en c/ Sant Xavier, 37, 1.º, 1.ª, 43700 de El Vendrell (Tarragona), representada por el Procurador don José Farré Lerín y defendida por la Letrada doña Alicia Padró Sánchez, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, siendo sustituido por la Administración Concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal "Evalua Abogados y Economistas, S.L.P." con domicilio en c/ La Paz, 17, 1.º, puerta 2.ª, 46003 de Valencia y email "[email protected]" la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 14 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.