SATINDER SL
Hoja V97481· NIF B53856407
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de SATINDER SL
Actividad
SATINDER SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en València (Valencia, Comunitat Valenciana). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 4 de abril de 2011 al 29 de noviembre de 2017, repartidos en 6 tipos de acto distintos.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Segarra Aroca Jose Maria IsidroCese el 27/07/2015Administrador Único
- Musoles Martinez Curt Fernando MariaCese el 24/03/2011Administrador Único
Apoderados
Antiguos
- Martinez Rovira ManuelCese el 24/03/2011Apoderado
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 03/08/2015Extinción
Cronología (BORME)
- 29/11/2017#4641178Cierre provisional hoja registral
SATINDER SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 7831, L 5127, F 209, S 8, H V 97481, I/A 11 M (22.11.17).
- 03/08/2015#3448239Extinción
SATINDER SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 669/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/04/2015. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JOSE MARIA CUTILLAS TOR… - 20/09/2011#1382976Situación concursal
SATINDER SL. Otros conceptos: El acreedor FEDERICO ORTELLS PEREZ, nombrado Administrador Concursal ha designaco como representante en el ejercicio del cargo a JOSE LUIS CALBO SILVESTRE, DNI 21632875H. Situación concursal. Procedimiento concursal 669/… - 04/04/2011#1155242Revocaciones
SATINDER SL. Revocaciones. Apoderado: MARTINEZ ROVIRA MANUEL. Datos registrales. T 7831, L 5127, F 209, S 8, H V 97481, I/A 9 (24.03.11).
- 04/04/2011#1155241Ceses/DimisionesNombramientos
SATINDER SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MUSOLES MARTINEZ CURT FERNANDO MARIA. Nombramientos. Adm. Unico: SEGARRA AROCA JOSE MARIA ISIDRO. Datos registrales. T 7831, L 5127, F 209, S 8, H V 97481, I/A 8 (24.03.11).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso21/07/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 04/2015BOE-B-2015-22959 ↗
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 000669/2011, habiéndose dictado en fecha 23/04/2015, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: AUTO 150/2015. Magistrado – Juez que la dicta: Ilmo/a Sr/a José María Cutillas Torns Lugar: Valencia Fecha: veintitrés de abril de dos mil quince Dada cuenta y, Antecedentes de hecho. Primero.- Mediante escrito de fecha siete de enero de dos mil catorce la Administración Concursal interesó la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. Segundo:- Dado el oportuno traslado a las demás partes personadas, no se ha presentado escrito de oposición por ninguna de las partes a la referida solicitud. Tercero.- Cumpliendo el requisito establecido para éste supuesto, una vez distribuida la masa activa, la Administración Concursal presentó el preceptivo informe justificativo, afirmando y razonando que el concurso no será calificado como culpable y que no existen acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejecitadas, o de que lo que se pudiera obtener de las correspondientes acciones no sería suficiente para el pago de los créditos contra la masa; poniéndose de manifiesto a las partes personadas sin que se hubiere presentado oposición al mismo. Fundamentos de Derecho. Primero.- Según el artículo 176.1.3° LC procederá dar por concluido el presente concurso, en cualquier estado del procedimiento, cuando se compruebe la insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa Y ciertamente, ha quedado plenamente constatada la inexistencia de bienes y derechos con los que atender el pago de los créditos de los acreedores, habiéndose cumplido todos los requisitos exigidos en el artículo 176 Bis LC Todo ello unido a la probada inexistencia de acciones viables de reintegración de la masa activa, así como a actos del tráfico ordinario y pago de créditos de derecho público. Y finalmente, por la inexistencia de terceros responsables contra los que pudieran ejercitarse acciones. Segundo: Con la conclusión del concurso cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. En los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Y en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del deudor persona jurídica, la resolución judicial que la declare acordará su extinción y dispondrá el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1-78 EC. Visto lo expuesto, Parte dispositiva. Se decreta la conclusión del concurso concurso ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000669/2011, promovido por el Procurador Sr/a Montes Reig, Ignacio, en nombre y representación de la mercantil SATINDER, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese de la Administración Concursal D/Da Juan Francisco Tejero Aldomar, con dni n.° 29.173.493-V, don Emilio Climent Piqueras, con dni. 33.453.462-D y don Federico Ortells Pérez con dni. 22.525.912-B, quien designó para el desempeño del cargo a don José Luis Calbo Silvestre con dni. 21.632.875-H, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extincion de la mercantil SATINDER, S.L., con cif. B-53856407, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el "BOE" de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el "BORME", y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada MONTES REIG, IGNACIO a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desdeJá notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el "BOE" y RPC los referidos edictos Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en Autos, e igualmente llévese trestimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art. 77 LC ). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña José María Cutillas Torns Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 23 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso16/09/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaBOE-B-2011-29352 ↗
Dña. María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de Acreedores núm. 000669/2011 habiéndose dictado en fecha 15-julio-2011 por el llmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Satinder, S.L., con cif. B53856407, decretándose la intervención; de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Emilio Climent Piqueras con nif 33.453.462-P, economista, con despacho profesional en Valencia, Avda. del Cid, n° 102, esc. A 2°-4a; D. Juan Francisco Tejero Aldomar, con nif 29.173.493-V, Abogado, con despacho profesional en Valencia, Avda. Reino de Valencia, 47-2-6a; y al Acreedor, D. Federico Ortells Pérez, con domicilio en Valencia, Plaza Porta de la mar, n° 6-1º-5ª dni número 22.525.912-B ha designado a D. José Lus Calbo Silvestre dni 21.632.875-H con domicilio en C/ Zamenhof, 30, Bajo, de Valencia, ha aceptado el cargo en el día de hoy expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 18 de julio de 2011.- La Secretario Judicial.