S. DIAZ-V. GRAU SL
Hoja V6184· NIF B46912275
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de S. DIAZ-V. GRAU SL
Actividad
S. DIAZ-V. GRAU SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 4 de julio de 2012 al 6 de febrero de 2017, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Diaz Pelegri SalvadorCese el 30/01/2017Administrador Solidario
- Grau Mifsud VicenteCese el 30/01/2017Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 06/02/2017· Inscrito 30/01/2017· I/A 6
- ExtinciónPublicado 06/02/2017· Inscrito 30/01/2017· I/A 6
Cambios
- 06/02/2017Extinción
Cronología (BORME)
- 06/02/2017#4230930Ceses/DimisionesExtinción
S. DIAZ-V. GRAU SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: DIAZ PELEGRI SALVADOR;GRAU MIFSUD VICENTE. Situación concursal. Procedimiento concursal 261/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 29/04/2016. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa … - 04/07/2012#1800882
S. DIAZ-V. GRAU SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 261/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/04/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: DON JOSE MARIA CUTILLAS TORNS. Situación …
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
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Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso19/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso necesarioProc. 261/2012BOE-B-2016-21174 ↗
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores núm. 261/2012, habiéndose dictado en fecha 29 de abril de 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso necesario, cuya parte es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del concurso ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 261/2012, promovido por la Procuradora doña Remedios López Quintana, en nombre y representación de la mercantil CAMILOR, S.L., contra S Díaz Grau, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal doña Nuria Cerrada Tarín, con DNI 44.852.994-G, revocando autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Díaz Grau, S.L., con CIF B-46.912.275, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 LC) y tiene carácter firme. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 15 de diciembre de 2015. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el "BOE" de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del RDL 3/2009) y en el "BORME", y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamientos que se entregarán al Procurador del acreedor solicitante LÓPEZ QUINTANA, REMEDIOS, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el "BOE" y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos definitivos dejando copia testimoniada en Autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la Administración Concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC) Valencia, 29 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso21/05/2012⚖️ VALENCIAProc. 261/2012BOE-B-2012-16938 ↗
Edicto Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 261/2012 habiéndose dictado en fecha 4 de abril de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso necesario de acreedores de S Díaz V Grau, S.L. con CIF. B-46912275, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña Nuria Cerrada Tarin, con domicilio profesional en avenida Ramón y Cajal, número 66, bajo, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Valencia, 4 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.