ROLDWIND EOLICA SL

Hoja GR20756· NIF B18617316

ConcursoGranada
Domicilio :
Actividad :
Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
Robles Lopez Jose Manuel

Información jurídica

Información jurídica de ROLDWIND EOLICA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000208791892
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadCájar
Referencia registralTomo 1007 · Folio 149 · Hoja GR20756
EstadoConcurso

Actividad

ROLDWIND EOLICA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Cájar (Granada, Andalucía). Su actividad declarada es «Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.» (CNAE 7490). El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 14 de octubre de 2013 al 20 de diciembre de 2016.

Actividad económica (CNAE)

7490 · Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Cartografía de administradores

14 nodos Persona Sociedad
ROLDWIND EOLICA SLRobles Lopez Jose ManuelRobles Lopez Jose Ma…WINDET EOLICA ANDALUZA SOCIEDAD LIMITADAWINDET EOLICA ANDALU…ROLWIND RENOVABLES SLROLWIND RENOVABLES SLEONER EOLICA ANDALUZA SOCIEDAD LIMITADAEONER EOLICA ANDALUZ…POLICLINICA GRANADA SOCIEDAD ANONIMA PROFESIONALPOLICLINICA GRANADA …DIRECTHOGAR SLDIRECTHOGAR SLCONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES LUCARMAN SLCONSTRUCCIONES Y PRO…EXPLOTACION GANADERA LA SEBROTA SLEXPLOTACION GANADERA…ZANEST PROYECTOS Y MULTISERVICIOS SOCIEDAD LIMITADAZANEST PROYECTOS Y M…ROLWIND RENOVABLES SOCIEDAD LIMITADAROLWIND RENOVABLES S…GABINETE DE DESARROLLO EUROPEO SLGABINETE DE DESARROL…TORAING SLTORAING SLCONSTRUCCIONES Y REFORMAS JOSMAR SLCONSTRUCCIONES Y REF…

Actos registrados

Cronología (BORME)

  1. 20/12/2016#4161317
    Situación concursal
    ROLDWIND EOLICA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 596/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 30/06/2015. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 1 JUZGAD DE LO MERCANTIL DE GRANADA. Juez: FERNANDEZ ALCALA,MARIA JOSE. Resoluci…
  2. 14/10/2013#2489500
    Situación concursal
    ROLDWIND EOLICA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 596/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 29/07/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGAD DE LO MERCANTIL DE GRANADA. Juez: ENRIQUE SAN JUAN Y MUÑOZ. Reso…

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

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TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaNO CONSTA, GRANADA, Cájar
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Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
HorarioReservado para usuarios registrados

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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p. — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso05/01/2016
    ⚖️ GRANADA

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 23 de la Ley concursal, anuncia: Que en concurso de acreedores num.596/13, seguido en este Juzgado contra el deudor ROLDWIND EÓLICA, SLU, con CIF núum. B-18617316, se ha dictado sentencia con fecha 30 de junio de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.- Se aprueba judicialmente la segunda propuesta del convenio propuesto por ROLDWIND EÓLICA S.L.U., que ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC. 2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. 3." Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Consursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4.-Inscríbase esta resolución en el Registro Mercantil de Granada así como en los distintos registros públicos en los que el deudor tenga inscritos bienes o derechos. A tales efectos líbrense los mandamientos y oficios oportunos entregando al Procurador de la parte los mismos a efectos de dar estricto cumplimiento a lo señalado. 5.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Granada, 3 de junio de 2015.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2016-230 ↗
  2. Declaración de concurso09/10/2013
    ⚖️ GRANADA

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 596/13 NIG núm. 1808742M20130000728, por auto de fecha 29 de julio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la sociedad Roldwind Eólica, S.L.U. con CIF núm. B-18617316 y con domicilio en Cajar (Granada) Urbanización Casería de Milán Jamilero, n.º 4. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado o correo electrónico, a la siguiente dirección: Admon. Concursal: Don José Antonio Moreno Marín C/ Marqués de la Ensenada núm. 2, escalera A-1.º D (Granada) Dirección electrónica: [email protected] La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 20 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-37531 ↗
Ver el expediente completo