RECALVI AUTOS SA
Hoja PO20505· NIF A36827996
- Forma jurídica :
- Sociedad Anónima (SA)
Información jurídica
Información jurídica de RECALVI AUTOS SA
Actividad
RECALVI AUTOS SA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Pontevedra, Galicia. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 7 de febrero de 2011 al 8 de junio de 2012, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Seoane Alonso Luis-MiguelCese el 19/05/2011Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 08/06/2012· Inscrito 29/05/2012· I/A 8
- Ceses/DimisionesPublicado 02/06/2011· Inscrito 19/05/2011· I/A 7
- DisoluciónPublicado 02/06/2011· Inscrito 19/05/2011· I/A 7
Cambios
- 08/06/2012Extinción
- 02/06/2011Cambio de denominación social
RECALVI AUTOS SA→RECALVI AUTOS SA EN LIQUIDACION
- 02/06/2011Disolución
Cronología (BORME)
- 08/06/2012#1761360Extinción
RECALVI AUTOS SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 385/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/05/2012. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PONTEVEDRA CON SEDE EN VIGO. Juez: J… - 02/06/2011#1241353
Denominación: RECALVI AUTOS SA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónRECALVI AUTOS SA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: SEOANE ALONSO LUIS-MIGUEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 385/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 3/05/2011. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 3 JUZ… - 07/02/2011#1057815
RECALVI AUTOS SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 385/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 10/01/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PONTEVEDRA CON SEDE EN VIGO. Juez: JOSE MARIA …
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Pontevedra — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso24/05/2012⚖️ VIGOProc. 385/2010BOE-B-2012-17542 ↗
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial de Juzgado de lo Mercantil número tres de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Anuncia Que en el procedimiento concursal número 385/2010 referente al deudor Recalvi Autos, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal número A-36.827.996 por auto de fecha 9 de mayo de 2012, se ha acordado lo siguiente: Primero.- Decretar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. Segundo.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Tercero.- Se acuerda la extinción de la entidad mercantil y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Vigo, 9 de mayo de 2012.- La Secretaria judicial.
- Apertura de liquidación18/05/2011⚖️ PONTEVEDRAProc. 385/2010BOE-B-2011-16524 ↗
Edicto María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 385/2010, referente al concursado Recalvi Autos, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal número A-36827996, por auto de fecha 3 de mayo de 2011, se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la entidad Recalvi Autos, Sociedad Anónima, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro del plazo de diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 3 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
- Otro acto concursal24/03/2011⚖️ PONTEVEDRAProc. 385/2010BOE-B-2011-10179 ↗
Edicto Doña Elena García Figueira, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número tres de Pontevedra con sede en Vigo, anuncia: Primero.- Que en el concurso 385/2010 referente al deudor Recalvi Autos, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal A-36.827.996, con domicilio en la Avenida de Madrid número 145 de Vigo, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, folio 26, Libro 2046 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 8 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso26/01/2011⚖️ PONTEVEDRABOE-B-2011-2558 ↗
Edicto Doña Elena García Figueira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 385/10 se ha dictado a instancias de Recalvi Autos, Sociedad Anónima, en fecha 10 de enero de dos mil once, auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de Recalvi Autos, Sociedad Anónima, cuyo Código de Identificación Fiscal es A-36.827.996, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida de Madrid número 145, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Hoja 20505, Folio 26, Libro 2.046. Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que se ejercerá por la Administración concursal. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Vigo, 10 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.