RAGGI DAMP SL
Hoja PM22250· NIF B07747728
- Actividad :
- Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de RAGGI DAMP SL
Actividad
RAGGI DAMP SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. Su actividad declarada es «Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados» (CNAE 4729). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 9 de enero de 2015 al 7 de junio de 2016, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4729 · Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Mufraggi Vecchierini Pierre FredericCese el 23/02/2016Administrador Único
Apoderados
Antiguos
- Mufraggi Racassa AlbertoCese el 31/05/2016Apoderado Solidario
- Mufraggi Vecchierini Dominique-NathalieCese el 31/05/2016Apoderado Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 07/06/2016Extinción
- 02/03/2016Cambio de denominación social
RAGGI DAMP SL→RAGGI DAMP SL EN LIQUIDACION
- 02/03/2016Disolución
Cronología (BORME)
- 07/06/2016#3887951RevocacionesExtinción
RAGGI DAMP SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Revocaciones. Apo.Sol.: MUFRAGGI VECCHIERINI DOMINIQUE-NATHALIE;MUFRAGGI RACASSA ALBERTO. Situación concursal. Procedimiento concursal 614/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/04/2016. Auto de conclusión del … - 02/03/2016#3743040
Denominación: RAGGI DAMP SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónRAGGI DAMP SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MUFRAGGI VECCHIERINI PIERRE FREDERIC. Situación concursal. Procedimiento concursal 614/2014. FIRME: No, Fecha de resolución 6/11/2015. Auto de apertura de la fase de … - 29/12/2015#3652261Situación concursal
RAGGI DAMP SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 614/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 30/09/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LOS DE PALMA DE MALLORCA.… - 09/01/2015#10475563Situación concursal
RAGGI DAMP SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 614/2014. FIRME: No, Fecha de resolución 30/09/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LOS DE PALMA DE MALLORCA.…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
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Certificación de estatutos sociales
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Informe sobre la posición de riesgo
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal28/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de MallorcaProc. 04/2016BOE-B-2016-17222 ↗
D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por la presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el nº 614/14 C del procedimiento concursal de Raggi Damp, S.L., se ha dictado con fecha 19/04/2016 auto, en el que se acuerda: 1.- La conclusión del presente procedimiento concursal de Raggi Damp S.L., con CIF B07747728, con conclusión y archivo de las actuaciones. 2.- Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal. 3.- La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 19 de abril de 2016.- Letrado de la Adminstración de Justicia.
- Declaración de concurso17/10/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 614/2014BOE-B-2014-36359 ↗
Don Esteban Martínez Rovira, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Concurso 614/2014-L y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000967 se ha dictado en fecha 30/09/14 Auto de declaración de concurso del deudor RAGGI DAMP, S.L., con CIF B07747728, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Bunyola, C/ Dalioa, n.º 27, de Palmanyola. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º Se ha designado, como Administración concursal a D. DAMIÁN MERCADAL VADELL, mayor de edad, con domicilio profesional en C/ Lorenzo Vicens, 1, 1.º de Palma, 07002, con n.º de teléfono 971 72 20 87, y dirección de correo electrónico al que los acreedores pueden dirigirse [email protected] al que los acreedores se pueden dirigir para la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior. 5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la Administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 13 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.