QUICKSAND SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V157860· NIF B98604432
- Domicilio :
- Actividad :
- Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Capital social :
- 3 000,00 €
- Constitución :
- 17/02/2014
Información jurídica
Información jurídica de QUICKSAND SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
QUICKSAND SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. Su actividad declarada es «Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal» (CNAE 6920). Se constituyó el 17 de febrero de 2014. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 17 de febrero de 2014 al 29 de septiembre de 2020, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 3 000,00 €. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
6920 · Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en todas las áreas de la empresa. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional, o autorización administrativa, o.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Llobell Peñalver PedroCese el 22/09/2020Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 29/09/2020· Inscrito 22/09/2020· I/A 2
- ExtinciónPublicado 29/09/2020· Inscrito 22/09/2020· I/A 2
- ConstituciónPublicado 17/02/2014· Inscrito 10/02/2014· I/A 1
- NombramientosPublicado 17/02/2014· Inscrito 10/02/2014· I/A 1
Cambios
- 29/09/2020Extinción
Capital · eventos
- 17/02/2014ConstituciónCapital inicial: 3 000,00 €
Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.
Cronología (BORME)
- 29/09/2020#6053981Ceses/DimisionesExtinción
QUICKSAND SOCIEDAD LIMITADA. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: LLOBELL PEÑALVER PEDRO. Situación concursal. Procedimiento concursal 71/2020. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/02/2020. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO D… - 17/02/2014#2675140ConstituciónNombramientos
QUICKSAND SOCIEDAD LIMITADA. Constitución. Comienzo de operaciones: 19.12.13. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en todas las áreas de la empresa. Si las disposiciones legales exigie…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público· Constitución 2014
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso11/03/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de ValenciaProc. 02/2020BOE-B-2020-11144 ↗
E D I C T O D./Dña. Jose Víctor Sanz Gordón, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000071/2020 habiéndose dictado en fecha 20/02/2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado De Lo Mercantil Nº 3 De Valencia auto nº 56/2020, no firme de declaración y conclusión de concurso voluntario abreviado, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: DISPONGO Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a la entidad Quicksand, S.L., cuyos datos Son: CIF Nº B-98604432. Inscrita en Registro Mercantil de la provincia de Valencia, Tomo 9745, Libro 7027, Folio 038, Hoja V-157860, Inscripción 1ª. Domicilio social en C/Cronista Carreres nº 9, 5º F de Valencia. y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa. Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia. Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos. Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. Notifíquese esta resolución al deudor. Contra este auto cabe interponer Recurso De Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 176 bis apart. 4 LC). Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe. Valencia, 21 de febrero de 2020.- El Letrado administración de justicia, Jose Víctor Sanz Gordón.
- Conclusión del concurso09/03/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 71/2020RPC-38493RPCConsultar en el RPC ↗Juez: EDUARDO PASTOR MARTINEZConcurso: VoluntarioConclusión: insuficiencia de la masa activa
Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad QUICKSAND, S.L.,y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA con la que atender el pago de los créditos contra la masa
- Declaración de concurso09/03/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 71/2020RPC-38491RPCConsultar en el RPC ↗Juez: EDUARDO PASTOR MARTINEConcurso: Voluntario
Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad QUICKSAND, S.L., y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA con la que atender el pago de los créditos contra la masa.