PROCLAMI COSTA BLANCA SL

Hoja MU47992· NIF B73315376

Concurso concluido · 26/11/2024Murcia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
Miguel Angel Garcia Canovas

Información jurídica

Información jurídica de PROCLAMI COSTA BLANCA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000145673570
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadSan Pedro del Pinatar
Referencia registralTomo 2120 · Folio 187 · Hoja MU47992
EstadoConcurso

Actividad

PROCLAMI COSTA BLANCA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en San Pedro del Pinatar (Murcia). El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 11 de abril de 2012 al 18 de enero de 2018. Figura en el registro como «Concurso».

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Cartografía de administradores

10 nodos Persona Sociedad
PROCLAMI COSTA BLANCA…Miguel Angel Garcia CanovasMiguel Angel Garcia …YKW 2000 OBRAS Y EDIFICACIONES SLYKW 2000 OBRAS Y EDI…A.P. MURCIA SERVICIOS INTEGRALES SLA.P. MURCIA SERVICIO…OCEAN PROPERTIES SPAIN SLOCEAN PROPERTIES SPA…GRUPO PROCLAMI SLGRUPO PROCLAMI SLAMC URBANIZADORES SERVICIOS Y GESTION DE SUELO SLAMC URBANIZADORES SE…GARCIA CANOVAS PROYECTOS E INVERSIONES SLGARCIA CANOVAS PROYE…LLAMAS 2005 INVERSIONES SLLLAMAS 2005 INVERSIO…RUMBO BRISA, SOCIEDAD LIMITADARUMBO BRISA, SOCIEDA…

Cronología (BORME)

  1. 18/01/2018#4701611
    PROCLAMI COSTA BLANCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 336/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 6/10/2016. Sentencia de calificación del concurso. Culpable. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: BEATRIZ BALLESTEROS 
  2. 27/10/2017#4597313
    PROCLAMI COSTA BLANCA SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2120 , F 187, S 8, H MU 47992, I/A b (20.10.17).
  3. 11/04/2012#1680134
    PROCLAMI COSTA BLANCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 336/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 22/12/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: BEATRIZ BALLESTEROS PALA

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

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Público

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Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaAVDA GENERALISIMO 98, MURCIA, SAN PEDRO DEL PINATAR
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Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Murcia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso26/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 336/2011
    Juez: FRANCISCO CANO MARCOConcurso: VoluntarioConclusión: por finalizacion de la fase de liquidacion

    SENTENCIA DE CONCLUSION DE CONCURSO

    RPC-431242RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal25/04/2012
    ⚖️ MURCIA

    Edicto. Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia: 1. Que en el sección I declaración concurso 336/11, referente al deudor "Proclami Costa Blanca S.L.", con CIF número B-73315376, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Murcia, 13 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-13744
  3. Declaración de concurso02/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia

    Edicto. D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Seccion I Declaracion Concurso 0000336 /2011 se ha dictado a instancias de Proclami Costa Blanca, S.L., en fecha 22-12-11 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Proclami Costa Blanca, S.L., con CIF n.º B-73315376 y domicilio social en Avda. Generalísimo, n.º 98, de San Pedro del Pinatar (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervencion de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor previa conformidad y/o autorización de la Administración concursal, recaída en el titulado mercantil, Julio Parra Salinas, mayor de edad, soltero, con DNI n.º 23.034.863-H, con domicilio profesional en Pasaje del Convento n.º 1, Edif. "Aurora", escal 5.ª, 1.º H de Lorca (Murcia), telefono 968.46.14.27, fax 968.46.14.31, y e-mail [email protected]. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador antes dicho, bien por correo con acuse de recibo bien por email, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Murcia, 24 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-3402
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