OFIJUNCO SL
Hoja MA23128· NIF B29759958
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de OFIJUNCO SL
Actividad
OFIJUNCO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Málaga, Andalucía. El Registro Mercantil ha publicado 1 actos sobre esta sociedad.
Cronología (BORME)
- 19/03/2026#9134546
OFIJUNCO SL. Crédito incobrable. Datos registrales. S 8 , H MA 23128, I/A A (12.03.26).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Málaga — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal02/11/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaBOE-B-2016-54653 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento número 171/12, (NIG 2906742M20120000212), por auto de fecha se ha declarado en concurso voluntario al deudor, OFIJUNCO, S.L., con CIF B 29 759 958, e igualmente se determina la conclusión del mismo por falta de bienes conforme a la Ley Concursal. Málaga, 7 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal29/05/2012⚖️ MÁLAGAProc. 171/2012BOE-B-2012-18183 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 171/2012, (NIG 2906742M20120000212) por auto de fecha 18 de abril de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ofijunco, S.L., con NIF B29759958, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra don Rafael Espinosa Guerrero, provisto de Dni 25069956W, español, mayor de edad, vecino de Málaga con domicilio en avenida de Andalucía, 21, 2º B, 29002 Málaga, Teléfono: 952320764, profesión: Auditor y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 14 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.