NOSTRUM TERRAMAR SL
Hoja MU38648· NIF B73150831
- Domicilio :
- Actividad :
- Promoción inmobiliaria
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de NOSTRUM TERRAMAR SL
Actividad
NOSTRUM TERRAMAR SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Los Alcázares (Murcia). Su actividad declarada es «Promoción inmobiliaria» (CNAE 4110). El Registro Mercantil ha publicado 7 actos sobre esta sociedad, del 31 de marzo de 2011 al 24 de marzo de 2017, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4110 · Promoción inmobiliaria
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Francisco Garcia MartinezCese el 25/06/2015Administrador Único
- Pedro Martinez SanchezCese el 22/03/2011Administrador Mancomunado
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 24/03/2017· Inscrito 16/03/2017· I/A 3
- Ceses/DimisionesPublicado 02/07/2015
- DisoluciónPublicado 02/07/2015
- Ceses/DimisionesPublicado 31/03/2011· Inscrito 22/03/2011· I/A 2
- NombramientosPublicado 31/03/2011· Inscrito 22/03/2011· I/A 2
- Modificaciones estatutariasPublicado 31/03/2011· Inscrito 22/03/2011· I/A 2
Cambios
- 24/03/2017Extinción
- 02/07/2015Cambio de denominación social
NOSTRUM TERRAMAR SL→NOSTRUM TERRAMAR SL EN LIQUIDACION
- 02/07/2015Disolución
- 31/03/2011Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 24/03/2017#4305307Extinción
NOSTRUM TERRAMAR SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 404/2014. FIRME: Si, Fecha de resolución 2/02/2017. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquidacion. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: FR… - 02/07/2015#3398327
Denominación: NOSTRUM TERRAMAR SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónNOSTRUM TERRAMAR SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: FRANCISCO GARCIA MARTINEZ. Situación concursal. Procedimiento concursal 404/2014. FIRME: No, Fecha de resolución 6/03/2015. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 2 … - 13/11/2014#3060347
NOSTRUM TERRAMAR SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 404/2014. FIRME: No, Fecha de resolución 12/09/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: JUAN JOSE HURTADO YELO. Situa… - 31/03/2011#1150367Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutarias
NOSTRUM TERRAMAR SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: FRANCISCO GARCIA MARTINEZ;PEDRO MARTINEZ SANCHEZ. Nombramientos. Adm. Unico: FRANCISCO GARCIA MARTINEZ. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administradores mancomunado…
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Promoción inmobiliaria — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso23/02/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaBOE-B-2017-11315 ↗
Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, hago saber: En el procedimiento concurso voluntario seguido ante este Juzgado con el número 404/14 de la mercantil Nostrum Terramar, S.L., con CIF B-73150831, se ha dictado el auto de fecha 02/02/17 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Nostrum Terramar, S.L. Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC. Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe. Murcia, 13 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso11/10/2014⚖️ MURCIABOE-B-2014-35470 ↗
Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en Sección I, Declaración concurso 0000404/2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 12/09/14 Auto de Declaración de Concurso de Nostrum Terramar, S.L., con CIF B-73150831, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Río Piñola (30710 Los Alcázares), Murcia. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio que serán sometidas a la autorización o conformidad del administrador concursal. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: D. Luis Alberto Marín González. La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Calle Eulogio Soriano, número 9, entresuelo (30001 Murcia). La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: [email protected]. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Murcia, 12 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.