NOKETA SL

Hoja MA88288· NIF B92793322

VigenteMálaga
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de NOKETA SL

NIF
Hoja registral
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadFuengirola
Teléfono
Referencia registralTomo 4193 · Folio 206 · Hoja MA88288
EstadoVigente

Actividad

NOKETA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Fuengirola (Málaga, Andalucía). El Registro Mercantil ha publicado 1 actos sobre esta sociedad.

Cronología (BORME)

  1. 28/01/2013#2094083
    NOKETA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 851/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 30/10/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: ANTONIO FUENTES BUJALANCE. Situación concursal.

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaFuengirola, Málaga

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Málaga — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso27/10/2018
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE MÁLAGA ANUNCIAProc. 07/2018

    EL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE MÁLAGA ANUNCIA Que en el procedimiento concursal número 851,01/12 (NIG: 2906742M20120001268) referente al concursado NOKETA, S.L., con CIF B-92793322 se ha dictado auto de fecha 31/07/2018 acordando la conclusión del concurso siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal: "Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. Si la Administración Concursal no hubiere presentado la preceptiva rendición de cuentas, y sólo en este caso, Acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC." Málaga, 24 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-51171
  2. Otro acto concursal11/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 851/12 (NIG 2906742M20120001268), por auto de fecha 30 de octubre de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor: Noketa, S.L., con NIF: B-92793322, domicilio en Fuengirola, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. Encarnación Gómez Recuerda, con NIF: 25651003-T, domicilio en Fuengirola (Málaga). Juan Ignacio Quintana Gómez, con NIF: 26868881-Q. domicilio en Fuengirola (Málaga). Cándido Antonio Quintana Gómez, con NIF: 24817207-T, domicilio en Fuengirola (Málaga). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la Administración Concursal la integra la sociedad Auditum Europa, S.L.P., con CIF: B-93063436, y en su representación don Rafael Julio Queipo Ortuño, provisto de DNI 33397037-W; español, mayor de edad, vecino de Málaga y dirección postal C/ Álamos, n.º 11, 1.ª planta, 29012 Málaga, tfno: 952 22 89 62, profesión Abogado, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 26 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2012-42522
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