NETSUUS INTERNET INTELLIGENCE SL
Hoja B343871· NIF B64439169
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de NETSUUS INTERNET INTELLIGENCE SL
Actividad
NETSUUS INTERNET INTELLIGENCE SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Sant Cugat del Vallès (Barcelona, Cataluña). El Registro Mercantil ha publicado 1 actos sobre esta sociedad. Figura en el registro como «Liquidada».
Actos registrados
Cambios
- 21/12/2012Extinción
Cronología (BORME)
- 21/12/2012#2047625Extinción
NETSUUS INTERNET INTELLIGENCE SL. Otros conceptos: JUZGADO MERCANTIL 3 DE BARCELONA, PROCEDIMIENTO CONCURSO VOLUNTARIO 717/2012, AUTO FIRME DE FECHA 06/11/2012, DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA SOCIEDAD Y CONCLUSION DEL MISMO. Extinción. Dato…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Barcelona — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso12/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 717/2012BOE-B-2012-42705 ↗
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramitan los autos 717/2012, de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Netsuus Internet Intelligence, S.L., y acordando en la misma resolución la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. Número de Asunto.- Concurso voluntario 717/2012 Sección C2. NIG del procedimiento.- 4956/12. Entidad.- Netsuus Internet Intelligence, S.L., con CIF n.º B64439169. Fecha de Auto de declaración y Conclusión.- 6.11.2012. Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte Dispositiva: Acuerdo declarar en estado de Concurso Voluntario a la entidad mercantil Netsuus Internet Intelligence S.L., con domicilio en Sant Cugat del Vallés, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 7, don Malkhaz Abesadze con CIF B-64439169, inscrita en el registro Mercantil de Barcelona, al volumen 39273, folio 174, hoja n.º B-343871 y la Conclusión del Concurso por insuficiencia de Masa Activa. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la webconcursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet. El archivo del concurso determinará la extinción de la sociedad y se procederá a la cancelación de su inscripción en los correspondientes registros públicos. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos. Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. Notifíquese esta resolución al deudor. Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE. Así lo acuerda, manda y firma José M.ª Fernández Seijo, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Barcelona, 19 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.