MONPRINT SL
Hoja CC8160· NIF B10321859
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administradores :
- Neil Bendel David, SOCIEDAD DE FOMENTO INDUSTRIAL DE EXTREMADURA SA, Gil Gamir Manuel
Información jurídica
Información jurídica de MONPRINT SL
Actividad
MONPRINT SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Plasencia (Cáceres, Extremadura). El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 3 de marzo de 2010 al 4 de octubre de 2019, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Concurso».
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Neil Bendel DavidConsejero
- Gil Gamir ManuelConsejero
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cronología (BORME)
- 04/10/2019#5602010Cierre provisional hoja registral
MONPRINT SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 666, L 494, F 204, S 8, H CC 8160, I/A 1 3 (12.09.19).
- 01/09/2011#1363058Otros conceptos
MONPRINT SL. Otros conceptos: Incumplimiento de condiciones de concesión de concesión de incentivos regionales de fecha 21 de junio de 2011. Datos registrales. T 666, L 494, F 207, S 8, H CC 8160, I/A 1 7 ( 4.08.11).
- 30/07/2010#825711Situación concursal
MONPRINT SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 93/2010. Fecha de resolución 6/04/2010. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: DON JOSE LOZANO DIAZ. Administrador Concursal. Fecha 6/04/2010… - 03/03/2010#616228Ceses/Dimisiones
MONPRINT SL. Ceses/Dimisiones. SecreNoConsj: CAMPON DURAN FERNANDO. Vicesecret.: MACIAS-LIZASO RODRIGUEZ MARIA DEL CARMEN. Datos registrales. T 666, L 494, F 219, S 8, H CC 8160, I/A 12 (22.02.10).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Cáceres — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso06/09/2019⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 696/2016RPC-19890RPCConsultar en el RPC ↗Juez: JORGE MONTULL URQUIJOConcurso: VoluntarioConclusión: insuficiencia de la masa activa
SE DECRETA LA CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA PARA LA SATISFACCION DE LOS CREDITOS CONTGRA LA MASA. 176 bis 2 Y 3. CESAN LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION. SE DECLARA SU EXTINCION
- Otro acto concursal05/08/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 696/2016BOE-B-2019-34386 ↗
Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º- Que en el procedimiento Concurso ordinario 696/2016 referente a la mercantil Monprint, S.L., con CIF B10321859 por Auto de fecha 29 de julio de 2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 29 de julio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.