MONDEL AUTOMATISMOS SA
Hoja M45804· NIF A28668572
- Forma jurídica :
- Sociedad Anónima (SA)
Información jurídica
Información jurídica de MONDEL AUTOMATISMOS SA
Actividad
MONDEL AUTOMATISMOS SA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Madrid. El Registro Mercantil ha publicado 1 actos sobre esta sociedad. Figura en el registro como «Baja».
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 22/09/2009· Inscrito 10/09/2009· I/A 17
Cambios
- 22/09/2009Extinción
Cronología (BORME)
- 22/09/2009#393180Extinción
MONDEL AUTOMATISMOS SA. Otros conceptos: CONCLUSION DEL CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO, ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES Y CIERRE DE LA HOJA ERGISTRAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 196/2006. Fecha de resolución 29/05/2006. Revocación de admi…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso25/09/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 196/2006BOE-B-2009-32273 ↗
Edicto. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 196/2006 referente al concursado Mondel Automatismos, S. A., en liquidación, CIF A 28668572 y a los efectos previstos en el artículo 177 de la Ley Concursal en relación con el 23 del mismo cuerpo legal, se ha dictado Auto de fecha 31 de Julio de 2009 cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario abreviado de la mercantil Mondel Automatismos, S.A., en Liquidación, CIF 28668572 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 196/2006 a instancias de dicha sociedad y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Declaro el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes (o en su caso, de los liquidadores). Declaro el cese de la administración concursal, integrada por el Auditor don Pedro Francisco Tortosa Mondéjar, NIF 27431357Q, cuyas circunstancias constan en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 2639, Libro 0, Folio 26, Sección 8, Hoja M45804, A, fecha: 25/07/2006). Conforme el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción e nel Registro Mercantil de Madrid, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución una vez firme. Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado ejemplar al Registro Mercantil de Madrid, una vez firme la presente resolución, al objeto de cancelar la inscripción de la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio; inscribir la conclusión y archivo del presente concurso, el cese de la administración concursal así como la extinción de la sociedad concursada. Los oficios y mandamientos serán entregados al procurador del solicitante concursado para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de los asientos resgistrales previstos (art. 23.3 y 24.5 de la Ley Concursal)." Madrid, 31 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.