MINAS LA ZARZA SL
Hoja M223793· NIF B82156126
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de MINAS LA ZARZA SL
Actividad
MINAS LA ZARZA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 5 de agosto de 2009 al 22 de septiembre de 2020, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Terrazas Frutos AntonioCese el 16/12/2015Consejero
- Manzano Martos ErnestoCese el 16/12/2015Consejero
- Tuduri Gaiztarro FranciscoCese el 16/12/2015Consejero
- Ruz Polonio FranciscoCese el 16/12/2015Consejero
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 22/09/2020· Inscrito 15/09/2020· I/A 11
- Ceses/DimisionesPublicado 24/12/2015
- DisoluciónPublicado 24/12/2015
Cambios
- 22/09/2020Extinción
- 24/12/2015Cambio de denominación social
MINAS LA ZARZA SL→MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
- 24/12/2015Disolución
Cronología (BORME)
- 22/09/2020#6043042Extinción
MINAS LA ZARZA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/09/2020. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Juez: FRANCISCO J… - 08/08/2018#5003227
Denominación: MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/04/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 6 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Juez: FRANCISC… - 24/12/2015#3648710
Denominación: MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónMINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Consejero: TUDURI GAIZTARRO FRANCISCO. Presidente: TUDURI GAIZTARRO FRANCISCO. Consejero: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Secretario: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Con.Delegado: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Conseje… - 05/08/2009#334677
MINAS LA ZARZA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. Fecha de resolución 20/09/2006. Revocación de administradores concursales. Juzgado: num. 0 JUZAGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Administrador Concursal. Fecha 18/05/200…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal22/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 163/2006BOE-B-2020-31082 ↗
Edicto Dña. María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Ordinario 163/2006 de la mercantil MINAS LA ZARZA, S.L., CIF B-82156126, por Auto de fecha 07.09.2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
- Declaración de concurso05/06/2009⚖️ MADRID.Proc. 163/2006BOE-B-2009-19101 ↗
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley Concursal en relación con el artículo 23 del mismo cuerpo legal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 163/2006 en el que figura como concursada la mercantil Minas La Zarza, S.L., CIF B-82156126 se ha dictado por este tribunal sentencia número 238/09 de fecha 18 de mayo de 2009 aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado por la Junta de Acreedores celebrada en fecha 5 de marzo de 2009. Segundo.- Que el fallo de dicha sentencia es del siguiente tenor literal: "Primero.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Minas La Zarza, S.L., representada por la Procuradora Señora Zulueta Luchsinger y asistida del Letrado don José Carlos Barona Rodríguez, en escrito de fecha 3 de octubre de 2007, cuyo contenido se ha transcrito en los Antecedentes de esta Resolución; con los efectos de los Artículo 133 a 136 de la Ley Concursal. Segundo.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, en especial la intervención de la administración y disposición de sus bienes por la concursada, establecida y atribuida a la Administración concursal; quedando sustituidos tales efectos, que no es el caso, por los establecidos en el convenio; y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor señala en artículo 42 de la Ley Concursal que sí continuarán. Tercero.- Se acuerda el cese en sus cargos de los Administradores Concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiera encomendar a todas o a alguno de ellos hasta el íntegro cumplimiento, que no es el caso; continuando los mismos a los meros efectos -intraprocesales- de la tramitación de la Sección de calificación. Cuarto.- Se acuerda requerir a los Administradores Concursales para la rendición de cuentas de su administración o intervención a que se refiere el Artículo 181 de la Ley Concursal para lo cual se fija el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución. Quinto.- Notifíquese la presente Resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en esta sección. Sexto.- Publíquese la presente sentencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Séptimo.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad -en su caso- para la inscripción de la sentencia y de los efectos acordados; haciendo entrega de los mismos a la Procuradora de la concursada para su diligenciamiento; que deberá comunicar a este Juzgado y esta Sección. Octavo.- Fórmese, con testimonio de los documentos a que se refiere el párrafo 2° del apartado 1° del Artículo 167 Ley Concursal, así como de la presente resolución, la Sección Sexta (6ª) de Calificación; haciendo constar -de conformidad con el apartado 1° del Artículo 168 de la Ley Concursal en redacción recibida por Real Decreto Ley 3/2009- en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante". Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado (BOE), expido el presente. Madrid, 18 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.