MARMOLES LLOPIS SL
Hoja V74864· NIF B97042766
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de MARMOLES LLOPIS SL
Actividad
MARMOLES LLOPIS SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 4 de noviembre de 2010 al 4 de febrero de 2019, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Llopis Juan Vicente JoseCese el 28/01/2019Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 04/02/2019· Inscrito 28/01/2019· I/A 3
- ExtinciónPublicado 04/02/2019· Inscrito 28/01/2019· I/A 3
Cambios
- 04/02/2019Extinción
Cronología (BORME)
- 04/02/2019#5239842Ceses/DimisionesExtinción
MARMOLES LLOPIS SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: LLOPIS JUAN VICENTE JOSE. Situación concursal. Procedimiento concursal 000542/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 24/02/2014. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 0 … - 16/12/2014#3112775
MARMOLES LLOPIS SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 6769, L 4073, F 124, S 8, H V 74864, I/A 2M M ( 9.12.14).
- 04/11/2010#934355
MARMOLES LLOPIS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 000542/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/09/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 DE LO MERCANTIL. Juez: JOSE MARIA CUTILLAS TORNS. Resoluciones: Se ti…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso30/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 3/2012BOE-B-2014-15407 ↗
Doña Cristin Maria Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000542/2010, habiéndose dictado en fecha 24/2/14 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000542/2010, promovido por el Procurador Sr. Vicente Bezjak, Raul, en nombre y representación de la mercantil MÁRMOLES LLOPIS, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del Administrador Concursal Don Rafael Borja Bosca, con DNI n.º 22.523.239-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extincion de la mercantil MÁRMOLES LLOPIS, S.L., con CIF. B-97042766, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 14/3/2012. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la Administración Concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art. 177.1 LC ). Valencia, 24 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso08/11/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 09/2010BOE-B-2010-38012 ↗
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000542/2010 habiéndose dictado en fecha 09/09/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Mármoles Llopis, S.L. con CIF B-97042766. decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal D. Rafael Borja Bosca, con NIF número 22.523.239-Y, Abogado, con despacho profesional en Valencia, calle Játiva, n° 1, esc. C-PTA. 60 expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 9 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.