LOREGAR ANESTESICA SL
Hoja GC28466· NIF B35714989
- Domicilio :
- Actividad :
- Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administrador :
- Garcia Dominguez Rafael Loreto
Información jurídica
Información jurídica de LOREGAR ANESTESICA SL
Actividad
LOREGAR ANESTESICA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Las Palmas, Canarias. Su actividad declarada es «Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia» (CNAE 6820). El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 22 de junio de 2010 al 10 de agosto de 2016.
Actividad económica (CNAE)
6820 · Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Garcia Dominguez Rafael LoretoAdministrador únicoAdministrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Modificaciones estatutariasPublicado 22/06/2010· Inscrito 10/06/2010· I/A 4
Cambios
- 22/06/2010Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 10/08/2016#3980637
LOREGAR ANESTESICA SL(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 518/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/10/2015. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: ALBERTO LOPEZ VILLAR… - 22/06/2010#774391Modificaciones estatutarias
LOREGAR ANESTESICA SL(R.M. LAS PALMAS). Modificaciones estatutarias. 20. Referente a la retribución del cargo del órgano de administración. -. Datos registrales. T 1607 , F 95, S 8, H GC 28466, I/A 4 (10.06.10).
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
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Justicia · concursos
- Declaración de concurso07/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 518/2015BOE-B-2015-33331 ↗
Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 518/2015, seguido a instancias del Procurador don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de la entidad "Loregar Anestésica, S.L.", se ha dictado auto el día 20 de octubre de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Loregar Anestésica, S.L." con CIF n.º B35714989, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: Don Fernando Alonso Sosa, como Economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Constantino, n.º 20 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono y fax n.º 928 36 05 90, así como dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores Concursales, mediante su autorización. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez., doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en, Las Palmas de Gran Canaria, 23 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.