LLOTE SL EN LIQUIDACION

Hoja TF18091· NIF A78072139

ConcursoSanta Cruz de Tenerife
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
S-S AUDITORES SLP

Información jurídica

Información jurídica de LLOTE SL EN LIQUIDACION

NIF
Hoja registral
IRUS1000229704564
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 1675 · Folio 87 · Hoja TF18091
Denominaciones anteriores
LLOTE SL2012-02-06
EstadoConcurso

Actividad

LLOTE SL EN LIQUIDACION es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Santa Cruz de Tenerife, Canarias. El Registro Mercantil ha publicado 8 actos sobre esta sociedad, del 6 de febrero de 2012 al 6 de junio de 2025, repartidos en 3 tipos de acto distintos.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Antiguos

Cartografía de administradores

2 nodos Persona Sociedad
LLOTE SL EN LIQUIDACI…S-S AUDITORES SLPS-S AUDITORES SLP

Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 06/06/2025· Inscrito 28/05/2025· I/A 10
  2. NombramientosPublicado 06/06/2025· Inscrito 28/05/2025· I/A 10
  3. Ceses/DimisionesPublicado 02/04/2018· Inscrito 21/03/2018· I/A 7
  4. NombramientosPublicado 02/04/2018· Inscrito 21/03/2018· I/A 7
  5. DisoluciónPublicado 02/04/2018· Inscrito 21/03/2018· I/A 7

Cambios

  1. 02/04/2018Cambio de denominación social

    LLOTE SLLLOTE SL EN LIQUIDACION

  2. 02/04/2018Disolución

Cronología (BORME)

  1. 06/06/2025#8674580
    Ceses/DimisionesNombramientos
    LLOTE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. LIQ.CONC.: ALONSO ALVAREZ MARIO RAFAEL. Nombramientos. LIQ.CONC.: S-S AUDITORES SLP. Situación concursal. Procedimiento concursal 72/2011. FIRME: SI, Fecha de resolución 06/03/20
  2. 08/01/2020#10538479
    LLOTE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 1675 , F 88, S 8, H TF 18091, I/A BAJA (27.12.19).
  3. 11/05/2018#4876801
    LLOTE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 72/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/02/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE
  4. 02/04/2018#4819256
    Ceses/DimisionesNombramientosDisolución
    LLOTE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: LOPEZ ALVAREZ ELEUTERIO;GIL PERADONE ELISA MARIA. Nombramientos. LIQ.CONC.: ALONSO ALVAREZ MARIO RAFAEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 72/2011. FIRME:
  5. 06/02/2012#1577544

    Denominación: LLOTE SL

    LLOTE SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 72/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 30/11/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE. Re

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Información de contacto

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Dirección completaCosta Adeje, calle Madrid 3, SANTA CRUZ DE TENERIFE, ADEJE
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Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal28/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 72/2011

    Nombramiento de Administrador concursal

    RPC-145407RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal28/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1Proc. 72/2011
    Juez: MARIA FEU GUTIERREZConcurso: Voluntario

    DECLARO A LUIS MANUEL FERNANDEZ PEON Y MARIA GLORIA CALVET FIGUERAS EN CONCURSO DE ACREEDORES VOLUNTARIO Y AL MISMO TIEMPO ACUERDO LA CONCLUSION DE LAS ACTUACIONES POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA

    RPC-145406RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Otro acto concursal18/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 72/2011
    Juez: GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZConcurso: Voluntario

    EDICTO D./Dña. DAVID GARCÍA MUÑOZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Santa Cruz de Tenerife, por el presente HACE SABER Que en el procedimiento concursal número 0000072/2011, en el que figura como...

    RPC-493245RPCConsultar en el RPC ↗
  4. Otro acto concursal22/03/2012
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 3/2009

    Edicto Cédula de notificación Don Cristo Jonay Pérez Revirol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento concursal 72/11, de la Entidad Llote, S.L. se ha dictado auto el 30/11/11, por la Magistrada-Juez titular doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado al deudor Llote, S.L. CIF A78072139 y se declara abierta la fase común del concurso….. Se nombra a don Mario Rafael Alonso Álvarez, Economista, miembro único de la administración concursal que, además de las facultades legalmente previstas, deberás prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. … Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de quince días naturales, a contar desde la fecha de la publicación acordada en este auto (BOE), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus crédito, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará obligatoriamente el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor (teléfono y fax), así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito (debidamente sellados y firmados), de la representación en su caso alegada (con escritura de poder original o copia autenticada), y una copia de todo ello, haciéndosele la advertencia, que solo se valorarán los documentos originales justificativos de los créditos objeto de referencia en el presente escrito y que no producirá los efectos del art. 85 y siguientes de la Ley Concursal, ningún otro documento aportado que no cumpla con lo anteriormente referido, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 92 de la Ley Concursal, y sin que por este Juzgado, se conceda plazo adicional alguno para subsanar defectos, por lo que será la Administración Concursal, la que deberá realizar su pertinente análisis, y la que asumirá que los documentos-créditos son originales y que los mismos reúnen los requisitos fijados por la Ley Concursal.-…. Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ……. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe…………." Y para que sierva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 6 de marzo de 2012.- Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife.

    BOE-B-2012-9475
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