LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION
Hoja A16759· NIF B03305570
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION
Actividad
LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Muro de Alcoy (Alicante, Comunitat Valenciana). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 10 de enero de 2011 al 8 de julio de 2015, repartidos en 4 tipos de acto distintos.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Tudela Cerver DariusCese el 24/09/2011Administrador Solidario
- Tudela Cerver JoanCese el 24/09/2011Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 05/10/2011Cambio de denominación social
LIENZOS LEVANTE SL→LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION
- 05/10/2011Disolución
Cronología (BORME)
- 08/07/2015#3404078Cierre provisional hoja registral
LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 1509 , F 63, S 8, H A 16759, I/A 11 H (30.06.15).
- 05/10/2011#1399416Ceses/DimisionesDisolución
LIENZOS LEVANTE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: TUDELA CERVER DARIUS;TUDELA CERVER JOAN. Situación concursal. Procedimiento concursal 769/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 8/09/2011. Auto de apertura de la fase de liquidación. Ju… - 19/07/2011#1306000
Denominación: LIENZOS LEVANTE SL
Situación concursalLIENZOS LEVANTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 769/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 31/05/2011. Auto de apertura de la fase de convenio. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Datos reg… - 10/01/2011#10415192
Denominación: LIENZOS LEVANTE SL
Situación concursalLIENZOS LEVANTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 769/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 28/10/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Situa…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Información de contacto
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Alicante — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal09/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteBOE-B-2016-19179 ↗
Edicto PILAR SOLANOT GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia en funciones, del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se sigue concurso de acreedores n.º 769/10 I en el que se ha dictado auto de fecha 18 de abril de 2016 cuya parte dispositiva es de este tenor literal: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de LIENZOS LEVANTE, S.L., con CIF n.º B-03305570 2- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3.- Se acuerda la extinción de LIENZOS LEVANTE, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 3 de febrero de 2016. 5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita, Registro Público Concursal, y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso ( art 177) Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr./a D/Dña LEANDRO BLANCO GARCIA-LOMAS Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. FIRMA DEL MAGISTRADO - JUEZ FIRMA DEL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Alicante, 19 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación27/09/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 1/2009BOE-B-2011-30743 ↗
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en los autos 769/10 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal: Parte dispositiva: 1. Se deja sin efecto la convocatoria de la Junta de Acreedores para el día 23 de septiembre de 2011 y se archiva la fase de Convenio. 2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo 3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4. Se declara la disolución de la mercantil LIENZOS LEVANTE, S.L., C.I.F. n.º B-03305570, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal 5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación 7. Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen). Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC) Notifíquese a las partes personadas y publiquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e incríbase en el Registro Mercantil En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución cabe recurso de reposición a interponer en el plazo de 5 días. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde la notificación, previo depósito de la suma de 25 Euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 00 y como cocepto "pago recurso de reposición", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (Disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre)." Se expide en Alicante, 8 de septiembre de 2011.- .
- Declaración de concurso29/12/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante dictóProc. 769/2010BOE-B-2010-44455 ↗
Don Virginio Sanchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, calle Pardo Gimeno, 43. Número de asunto: 769/2010. Tipo de Concurso: Voluntario abreviado. Entidad Instante del Concurso: Lienzos Levante, S.L. Concursado: Lienzos Levante, S.L., con C.I.F. B-03305570 y domicilio Ctra. Nacional 340, Km. 805,3 en Muro de Alcoy (Alicante). Representación y Asistencia Técnica: Procuradora Sra. Silvia Pastor Berenguer y Letrado Sr. Óscar L. Herreros Chico. Fecha de presentación de la solicitud: 29 de septiembre de 2010. Fecha del auto de declaración: 28 de octubre de 2010. Administrador concursal: Miguel Ángel Manzano Rodriguez, Abogado, con Telf. 917587512. Facultades del concurso: El concursado manitiene las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. Constancia del Patrimonio Inmobiliario: Sí consta. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Alicante, 8 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.