JASURA 5 SA
Hoja M78666· NIF A78570066
- Domicilio :
- Actividad :
- Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados
- Forma jurídica :
- Sociedad Anónima (SA)
Información jurídica
Información jurídica de JASURA 5 SA
Actividad
JASURA 5 SA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Madrid. Su actividad declarada es «Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados» (CNAE 4771). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 7 de noviembre de 2011 al 24 de marzo de 2021, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4771 · Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Huerta Nicolas RafaelCese el 24/01/2017Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 24/03/2021· Inscrito 16/03/2021· I/A 13
- Ceses/DimisionesPublicado 01/02/2017
- DisoluciónPublicado 01/02/2017
- ReeleccionesPublicado 07/11/2011· Inscrito 26/10/2011· I/A 12
Cambios
- 24/03/2021Extinción
- 01/02/2017Cambio de denominación social
JASURA 5 SA→JASURA 5 SA EN LIQUIDACION
- 01/02/2017Disolución
Cronología (BORME)
- 24/03/2021#6323861Extinción
JASURA 5 SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 617/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/01/2021. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE MADRID. Juez: JORGE M… - 01/02/2017#4223293
Denominación: JASURA 5 SA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónJASURA 5 SA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HUERTA NICOLAS RAFAEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 617/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 12/01/2015. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE … - 20/02/2015#3202420
JASURA 5 SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 617/2013. Fecha de resolución 7/10/2013. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: JESUS ALEMANY EGUIDAZU. Administrador Concursal. Fecha 7/10/2013, NIF/C… - 14/11/2013#2537830
JASURA 5 SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 617/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 7/10/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: JESUS ALEMANY EGUIDAZU. Resoluciones: AUTO DECLA… - 07/11/2011#1445941Reelecciones
JASURA 5 SA. Reelecciones. Adm. Unico: HUERTA NICOLAS RAFAEL. Datos registrales. T 4790 , F 39, S 8, H M 78666, I/A 12 (26.10.11).
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
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Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
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Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
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Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal06/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 617/2013BOE-B-2021-10882 ↗
Edicto D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, anuncia: 1º.- En el procedimiento Concurso Abreviado con nº 617/2013 se ha dictado Auto de fecha 11 de enero de 2021 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de JASURA 5, S.A., con CIF nº A78570066. 2º.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 2 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Conclusión del concurso15/01/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 617/2013RPC-63534RPCConsultar en el RPC ↗Juez: JORGE MONTULL URQUIJOConcurso: VoluntarioConclusión: por finalizacion de la fase de liquidacion
Auto de conclusión de concurso
- Apertura de liquidación07/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 617/2013BOE-B-2015-3632 ↗
Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 617/2013, referente al concursado Jasura 5, S.A., se ha dictado auto de fecha 12 de enero del 2015, en el que se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3. Declarar disuelta la concursada Jasura 5, S.A., con CIF: A-78570066, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. Madrid, 13 de enero de 2015.- Secretario judicial.
- Otro acto concursal22/10/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 526/2013BOE-B-2013-39489 ↗
Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 526/2013 referente al concursado Jause, S.L., se ha dictado auto por el Magistrado don Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 7 de octubre del 2013, en el Concurso Voluntario Abreviado con NIG: 0006213/2013 CIF: A-78570066. 2.º El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 4.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Juan Carlos Santos Barja, con domicilio profesional, actualmente en la calle Sagasta, n.º 27, 3.º Izq. A, en Madrid 28004, y n.º de teléfono 914 48 00 11, y fax 914 46 93 46, así como correo electrónico [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 8 de octubre de 2013.- Secretario judicial.
- Otro acto concursal22/10/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 617/2013BOE-B-2013-39488 ↗
Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, anuncia: 1º.-Que en el procedimiento número 617/2013, referente al concursado Jasura 5, S.A., se ha dictado auto por el magistrado D. Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 7 de octubre de 2013 en el Concurso Voluntario Abreviado con NIG 0007415/2013, CIF A-78570066. 2º.-El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 4º.-La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal D. Juan Carlos Santos Barja con domicilio profesional, actualmente, en la calle Sagasta, n.º 27, 3.º izqda. A, en Madrid 28004 y n.º de teléfono 914480011 y fax 914469346, así como correo electrónico [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 8 de octubre de 2013.- Secretario Judicial.