INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA

Hoja V104047· NIF B97524450

Extinguida · 18/12/2017Valencia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000153339659
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 8127 · Folio 38 · Hoja V104047
Denominaciones anteriores
INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION2011-03-16
EstadoLiquidada

Actividad

INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 16 de marzo de 2011 al 18 de diciembre de 2017, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 18/12/2017· Inscrito 11/12/2017· I/A 6
  2. Ceses/DimisionesPublicado 16/03/2011· Inscrito 07/03/2011· I/A 5
  3. DisoluciónPublicado 16/03/2011· Inscrito 07/03/2011· I/A 5

Cronología (BORME)

  1. 18/12/2017#4664371
    Extinción
    INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 1063/2009. Fecha de resolución 17/11/2009. Revocación de administradores concursales. Juzgado: num. 2 JUZGADO MERCANTIL DOS DE VALENCIA. Juez: FERNANDO PRESENCIA CRESPO. 
  2. 16/03/2011#1124645

    Denominación: INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    INELVAL LEVANTE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: BORRAS PARRA SALVADOR. Situación concursal. Procedimiento concursal 1063/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 14/02/2011. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzg

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso24/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

    D. JORGE VÍCTOR IGLESIAS DE BAYO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado – 001063/2009 voluntario, de la deudora concursada INELVAL LEVANTE, S.L., con CIF n.º B97524450, con domicilio en la calle Veintisiete, 207-2, Catarroja, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha catorce de noviembre de dos mil diecisiete por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registro Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declara nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-68820
  2. Apertura de liquidación02/03/2011
    ⚖️ VALENCIA

    Don/Doña Jorge Víctor Iglesias De Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado - 001063/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Inelval Levante Sociedad Limitada. con C.I.F. numero B97524450. con domicilio en la Calle Veintisiete, 207-2, Catarroja en cuyo seno se ha dictado auto de fecha catorce de febrero de dos mil once por el ilustrísimo Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título Tercero de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al articulo 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de Diez Días desde la publicación ordenada en el Boletín Oficial del Estado, para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección sexta de calificación del concurso a los efectos previstos en el articulo 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de febrero de 2011.- El Secretario judicial.

    BOE-B-2011-7262
  3. Declaración de concurso12/01/2010
    ⚖️ VALENCIA

    Edicto. Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Procedimiento Concursal Abreviado Voluntario número 001063/2009, habiéndose dictado en fecha nueve de noviembre de dos mil nueve por el Ilustrísimo/Ilustrísima Señor/Señora Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Inelval Levante, Sociedad Limitada con domicilio en calle Veintisiete, 207-2 Catarroja y CIF número B97524450, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, mercantil Inelval Levante, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Veintisiete, 207-2, Catarroja, CIF/NIF número B97524450, inscrita en el Registro Mercantil al tomo 8.127, libro 5.420, folio 36, sección 8ª, hoja V-104047 de esta Provincia. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que, para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 9 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2010-877
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