IMMO ALT EMPORDA SL

Hoja GI40133· NIF B17885161

Extinguida · 11/10/2017Girona
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de IMMO ALT EMPORDA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000214948669
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 2385 · Folio 127 · Hoja GI40133
EstadoLiquidada

Actividad

IMMO ALT EMPORDA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Girona, Cataluña. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 2 de junio de 2009 al 11 de octubre de 2017, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

3 nodos Persona Sociedad
IMMO ALT EMPORDA SLJuan Ferrer FalconJuan Ferrer FalconXavier Amargant MorenoXavier Amargant More…

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 11/10/2017· Inscrito 02/10/2017· I/A 2
  2. Ceses/DimisionesPublicado 05/10/2009
  3. NombramientosPublicado 05/10/2009

Cambios

  1. 11/10/2017Extinción

Cronología (BORME)

  1. 11/10/2017#4572778
    Extinción
    IMMO ALT EMPORDA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1000/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 1/09/2017. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 1 MERCANTIL GIRONA. Juez: HUGO NOVALES BILBAO. Resoluciones:
  2. 25/04/2016#3827094
    IMMO ALT EMPORDA SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2385 , F 127, S 8, H GI 40133, I/A NM1 ( 7.09.15).
  3. 05/10/2009#407750
    Ceses/DimisionesNombramientos
    IMMO ALT EMPORDA SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: JOSE ANTONIO GARCIA FERNANDEZ. Nombramientos. Liq.Judicial: XAVIER AMARGANT MORENO;JUAN FERRER FALCON. Situación concursal. Procedimiento concursal 1000/2008. FIRME: No, Fecha de resolución 18/09/200
  4. 02/06/2009#240099
    IMMO ALT EMPORDA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1000/2008. FIRME: No, Fecha de resolución 12/05/2009. Auto de apertura de la fase de convenio. Juzgado: num. 1 MERCANTIL GIRONA. Juez: CARLOS PEINADO DOMINGUEZ. Resoluciones: Se abre l

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Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso05/10/2017
    ⚖️ GIRONAProc. 1000/2008

    Edicto Doña Gizane Garvin Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia sustituta del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario ordinario núm. 1000/2008, se ha acordado mediante auto de fecha 1 de septiembre de 2017 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario ordinario de la mercantil Immo Alt Empordà, S.L., provista de CIF núm. B-17.885.161, con domicilio sito en la Avda. Europa, número 40, local 1 de la población de Llançà (Girona) y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso. En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión del concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, 1 de septiembre de 2017.- La Ldo. de la Admón. de Justicia sustituta.

    BOE-B-2017-57288
  2. Declaración de concurso30/09/2009
    ⚖️ GIRONAProc. 1000/2008

    Edicto Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Ordinario n.º 1000/2008, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente: Parte Dispositiva Acuerdo: Declarar finalizada la fase de Convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Immo Alt Empordà, S.L., con CIF núm. B-17.885.161 y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1 1º de la Ley Concursal, al no haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley. Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Inscríbese, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los Administradores, la disolución y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al Tomo 2.358, folio 121, hoja n.º GI-40133 del Registro Mercantil de Girona, así como al Registro de la Propiedad de la Propiedad de Figueres n.º 1, al Tomo 3.580, libro 37, Folio 10, la Finca número 1.674 Vilajuiga, al Registro de la Propiedad de Roses n.º 2 la finca núm. 999 de Llança, inscrita al Tomo 3.118, Libro 256, Folio 40 y la finca núm. 1.247 de Llança inscrita Tomo 2.939, Libro 201, Folio 97, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas. Entréguese en debida forma a la procuradora Sra. Esther Sirvent Carbonell, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas. En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168 de la LC, en relación con el artículo 191, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC). Así, lo manda y firma el Juez sustituto D. Manel Ibarz Casadevall del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe. El Juez sustituto. El Secretario Judicial Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, 18 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2009-32850
  3. Convenio de acreedores25/05/2009
    ⚖️ GIRONA.Proc. 1000/2008

    Edicto D.ª M.ª Jesús Lombraña Ruiz, Magistrada-Juez en substitución del Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Girona, con funciones de mercantil, Hago saber: Que en el expediente de concurso voluntario ordinario nº 1000/2008, referente a la concursada Immo Alt Empordà, S.L. con número de CIF B17885161, se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 12 de mayo de 2009, la convocatoria judicial de junta de acreedores para el próximo día 29 de septiembre de 2009 a las 10:00 horas, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Se hace saber a la concursada y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 40 días antes de la celebración de la junta (art. 113.2 L.C.). Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la junta de acreedores, aquellos acreedores que figueren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto en Girona, 12 de mayo de 2009.- La Magistrada-Juez en sustitución.

    BOE-B-2009-17252
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