IBERPERLA SL
Hoja M161192· NIF B81300907
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de IBERPERLA SL
Actividad
IBERPERLA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Baja».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Jimeno De La Vera U Obianolavera CarlosCese el 20/05/2015Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 29/05/2015Extinción
Cronología (BORME)
- 29/05/2015#3345189Ceses/DimisionesExtinción
IBERPERLA SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: JIMENO DE LA VERA U OBIANOLAVERA CARLOS. Situación concursal. Procedimiento concursal 236/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/03/2014. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquida…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal15/12/2012⚖️ MADRIDProc. 236/2012BOE-B-2012-43269 ↗
Edicto. Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de los de Madrid, Hace saber: 1. Que en el concurso necesario abreviado número 236/2012, de la deudora Iberperla, Sociedad Limitada, con CIF B-81300907, se ha presentado Informe de la Administración Concursal. 2. Que los interesados no personados en el concurso que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos, y por la lista de acreedores, podrán presentar impugnación en el plazo de diez días a contar desde la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que para impugnar se precisa de Procurador y Letrado. Madrid, 3 de diciembre de 2012.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal08/10/2012⚖️ MADRIDProc. 2882/2012BOE-B-2012-33829 ↗
Edicto Yolanda Peña Jiménez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Madrid, Hace saber: 1. Que en el concurso número de autos 236/2.012, con Número de Identificación General del procedimiento 2882/2012, por auto de 21 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Iberperla, Sociedad Limitada, con CIF B-81300907, y domiciliado en Plaza España, n.º 10, 1.º izquierda, 28008 Madrid. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es la del economista don Miguel Álvarez de Blas, con domicilio postal en calle Emilio Muñoz, n.º 5, 1.º A, 28037, de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 25 de septiembre de 2012.- Secretario Judicial.