HOTEL INTERNACIONAL SA

Hoja TF3961· NIF A38033049

Extinguida · 29/11/2019Santa Cruz de Tenerife
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Anónima (SA)

Información jurídica

Información jurídica de HOTEL INTERNACIONAL SA

NIF
Hoja registral
IRUS1000224696474
Forma jurídicaSociedad Anónima (SA)
Referencia registralTomo 2118 · Folio 66 · Hoja TF3961
EstadoLiquidada

Actividad

HOTEL INTERNACIONAL SA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Santa Cruz de Tenerife, Canarias. El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 6 de febrero de 2009 al 29 de noviembre de 2019, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 29/11/2019· Inscrito 19/11/2019· I/A 24
  2. Ceses/DimisionesPublicado 03/10/2012· Inscrito 17/09/2012· I/A 22

Cambios

  1. 29/11/2019Extinción

Cronología (BORME)

  1. 29/11/2019#5684715
    Extinción
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 25/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/10/2019. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERC
  2. 24/07/2018#4980563
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2118 , F 66, S 8, H TF 3961, I/A BAJA (11.07.18).
  3. 06/02/2013#2112320
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 25/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 18/07/2012. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE
  4. 03/10/2012#1920244
    Ceses/Dimisiones
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Con.Delegado: ASCANIO MONTEVERDE ANTONIO. Consejero: ASCANIO MONTEVERDE ANTONIO. Presidente: ASCANIO MONTEVERDE ANTONIO. Consejero: SOTOMAYOR LUZ MARIA CARMEN. Vicepresid.: SOTOMA
  5. 11/05/2012#1721734
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 25/2008. FIRME: No, Fecha de resolución 28/03/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE
  6. 06/02/2009#57536
    HOTEL INTERNACIONAL SA(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 25/2008. FIRME: No, Fecha de resolución 16/12/2008. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIF

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaZONA LA ASOMADA, SANTA CRUZ DE TENERIFE, PUERTO DE LA CRUZ

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Santa Cruz de Tenerife — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso22/11/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de TenerifeProc. 25/2008

    Edicto Cédula de notificación Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso nº 25/2008 de la Entidad Hotel Internacional, S.A., con CIF A38033049, se ha dictado Auto de fecha 10 de octubre de 2019, cuyos puntos principales de su Parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: "....Acuerdo: Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado Hotel Internacional, S.A., con CIF A38033049, y el archivo de las actuaciones. Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Contra el presente Auto no cabe interponer recurso alguno. Así lo dispone, manda y firma doña Elena Fraile Lafuente, Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife..." Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Registro Público Concursal, y en el Boletín Oficial del Estado (gratuito por tratarse de última publicación de conclusión). Santa Cruz de Tenerife, 10 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

    BOE-B-2019-50177
  2. Declaración de concurso08/01/2009
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFE

    Don Alfonso Gómez Núñez, Secretario Titular del Juzgado Mercantil Número 1 de Santa Cruz de Tenerife. En el procedimiento concursal número 25/08,de la Entidad Hotel Internacional,Sociedad Anónima, se ha dictado Auto de fecha 16 de diciembre de 2008, cuyos puntos principales de la Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente: " Parte Dispositiva Primero.-Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud presentada por el Procurador de los Tribunales Don Juan Manuel Beautell López,en nombre y representación de la sociedad Hotel Internacional, Sociedad Anónima. Se tiene por personada y parte al mencionado Procurador, con quién se entenderán las sucesivas diligencias en modo y formas establecidos por la Ley, representación acreditada en virtud de poder general para pleitos aportado al presente procedimiento y que le ha sido devuelto. Segundo.-Declarar en situación legal de Concurso voluntario Ordinario a la Sociedad "Hotel Internacional, Sociedad Anónima", de nacionalidad española, Código de Identificación Fiscal: A38033049, con domicilio en La Asomada-Puerto de la Cruz, constituida con la denominación de "Ascarde, Sociedad Anónima", inscrita en tomo 849 de la sección general, folio 19, Hoja TF-3961, inscripción 9.ª de Adaptación. Cuarto.-La concursada conservará las facultades de disposición y administración de su patrimonio de acuerdo al estado legal en que se encuentra, quedando sometido el ejercicio de sus facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante su autorización o conformidad. Quinto.-De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26 y 27 de la Ley Concursal, la Administración Concursal estará integrada por: Don Sebastián Elías León Martínez, en su condición de Abogado con experiencia profesional de, al menos, 5 años de ejercicio efectivo; por el auditor de cuentas Don Francisco Parrilla López y, por acreedor a la Entidad-Acreedora Balanual, Sociedad Limitada, quién deberá designar en el plazo de 5 días, persona que le represente,de conformidad con lo establecido en el Artículo 27.1.3° de la Ley Concursal, debiendo reunir las condiciones previstas en el párrafo 2.º del referido Artículo (27.1). Onceavo.-Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5°, 84 y 85 de la Ley Concursal,a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de 1 mes a contar desde la última de las publicaciones acordadas en este Auto, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos,por escrito firmado por el acreedor,por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará el nombre, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. Quinceavo.-Las personas legitimadas conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. Decimoséptimo.-El presente Auto, producirá sus efectos de inmediato, y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. Así lo acuerda,manda y firma Doña María Olga Martín Alonso, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe. La Magistrada-Juez: El Secretario:..." Y para que sirva de notificación a todos los interesados,mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, su publicación en el Boletín Oficial del Estado y periódico-diario "El Día", extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 16 de diciembre de 2008.- El Secretario.

    BOE-B-2009-173
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