HERMALAY SL EN LIQUIDACION
Hoja TF2664· NIF B38292637
- Domicilio :
- Actividad :
- Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administrador :
- Santos Bonnet Juan Vicente
Información jurídica
Información jurídica de HERMALAY SL EN LIQUIDACION
Actividad
HERMALAY SL EN LIQUIDACION es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Santa Cruz de Tenerife, Canarias. Su actividad declarada es «Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas» (CNAE 47). El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 8 de mayo de 2014 al 30 de enero de 2019, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Concurso».
Actividad económica (CNAE)
47 · Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Santos Bonnet Juan VicenteDesde el 21/01/2019Liquidador Concursal
Antiguos
- Alayon Cabeza CeferinoCese el 21/01/2019Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 30/01/2019Cambio de denominación social
HERMALAY SL→HERMALAY SL EN LIQUIDACION
- 30/01/2019Disolución
Cronología (BORME)
- 30/01/2019#5232454Ceses/DimisionesNombramientosDisolución
HERMALAY SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: ALAYON CABEZA CEFERINO. Nombramientos. LIQ.CONC.: SANTOS BONNET JUAN VICENTE. Otros conceptos: Conversión de la Anotación Preventiva letra "A" en inscripción por s… - 08/05/2014#2794251
Denominación: HERMALAY SL
Situación concursalHERMALAY SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 118/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 31/03/2014. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
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Público
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Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas — están listadas juntas.
Justicia · concursos
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E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACION DOÑA ESPERANZA TORREGROSA SALA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número UNO de los de Santa Cruz de Tenerife. HAGO SABER: Que en el procedimiento Concursal 118/2013, de HERMALAY, S.L...
- Otro acto concursal18/09/2014⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 118/2013BOE-B-2014-32263 ↗
Edicto. Cédula de notificación. D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concursal necesario abreviado nº 118/2013, de la entidad Hermalay, S.L., CIF B38292637, se ha dictado la diligencia de ordenación de fecha 28 de julio de 2014, es de tenor literal siguiente: "Por recibido el anterior escrito registrado por decanato bajo el n.º 3977/14 (R.M. 3952/14) presentado por el Administrador Concursal Don Juan Vicente Santos Bonnet, únase a la presente sección, y quede unido a la presente sección; Se hace constar que en dicho escrito se encuentra el inventario de bienes y derechos. Téngase por presentado el informe previsto en el artículo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 95.2 del referido Texto Legal, procédase a su anuncio por medio de Edictos, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo), y en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole entrega a la Procuradora solicitante del concurso del Oficio y Edicto librado, conforme establece el artículo 23 del mencionado Texto Legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello conforme a los términos establecidos en los artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello, respetándose los distintos plazos establecidos en el Art. 12, puntos cuarto, quinto y sexto, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto ley 3/2009 de 27 de marzo, en relación con la Disposición Transitoria octava, punto 2º.-" Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 28 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso07/05/2014⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 118/2013BOE-B-2014-15999 ↗
Edicto Cédula de notificación D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concursal necesario abreviado n.°118/2013, de la ENTIDAD HERMALAY, S.L., CIF: B38292637, se ha dictado Auto de fecha 31/3/2014 por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Se declara el concurso abreviado, que tiene carácter de necesario, al deudor HERMALAY,S.L., CIF: B38292637, y se declara abierta la fase común del concurso. Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. Se nombra a (... ) miembro de la administración concursal con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior. Requiérase a la entidad deudora para que en el plazo de diez días a contar desde la notificación del auto presente los documentos enumerados en el artículo 6. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5.°, 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (BOE) comuniquen a la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores en la forma prevista en el artículo 21.4 LC. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. Inscríbase lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los administradores concursales, en los registros públicos en que figuren inscritos bienes del concursado, librando al efecto el oportuno mandamiento, una vez adquiera firmeza esta resolución. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. Notifíquese el auto al acreedor instante del concurso, contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo. El recurso se interpondrá en el plazo de 20 días, contados desde la publicación del anuncio de declaración del concurso en el BOE. Contra los demás pronunciamientos del auto cabe recurso de reposición en plazo de cinco días, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador concursal de este procedimiento, don Juan Vicente Santos Bonnet de profesión Economista forense y domicilio a efectos de notificaciones en calle Villalba Hervás, n.° 12, 4.° de Santa Cruz de Tenerife, teléfono 922151780 y fax 922 74299, y correo electrónico [email protected], extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 11 de abril de 2014.- El Secretario judicial.