GRUPO BARGRAM SL

Hoja MA87181· NIF B92778919

Extinguida · 04/03/2021Málaga
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de GRUPO BARGRAM SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000036119037
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMálaga
Referencia registralTomo 4153 · Folio 153 · Hoja MA87181
EstadoLiquidada

Actividad

GRUPO BARGRAM SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Málaga (Andalucía). El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 8 de abril de 2013 al 4 de marzo de 2021, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 4
  2. Ceses/DimisionesPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 3
  3. DisoluciónPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 3

Cambios

  1. 04/03/2021Disolución
  2. 04/03/2021Extinción

Cronología (BORME)

  1. 04/03/2021#6291789
    Extinción
    GRUPO BARGRAM SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 785/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/11/2020. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MALAGA. Juez: FR
  2. 04/03/2021#6291788
    Ceses/DimisionesDisolución
    GRUPO BARGRAM SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: PEREA CORDOBES JOSE;ANTON PACHECO BRAVO JUAN ALFONSO. Situación concursal. Procedimiento concursal 785/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/10/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juz
  3. 08/04/2013#2215090
    GRUPO BARGRAM SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 4153, L 3063, F 150, S 8, H MA 87181, I/A 1 A ( 4.03.13).

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

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Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

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Público

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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

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Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

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Dirección completaPLAZA DE LA MARINA 2 2º, MÁLAGA
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Málaga — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal25/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011
    Juez: AMAGOIA SERRANO BARRIENTOS

    En el Concurso consecutivo 83/2020 de Jose Manuel Piñeiro Muriente, la administración concursal ha presentado los textos definitivos a que se refiere el art. 303 de la Ley Concursal (LC), y queda incorporado al procedimiento

    RPC-48930RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal25/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011
    Juez: JUSTO MANUEL GARCIA BARROS

    PLAN DE LIQUIDACION

    RPC-48935RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Otro acto concursal25/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011
    Juez: FLOR DE LIS LARA LOPEZConcurso: Consecutivo

    Declarar a los deudores en situación de concurso consecutivo y acordar conclusión del concurso por insuficiencia de la masa.

    RPC-48934RPCConsultar en el RPC ↗
  4. Conclusión del concurso25/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011
    Juez: JUSTO MANUEL GARCIA BARROS

    ANUNCIO INFORME

    RPC-48933RPCConsultar en el RPC ↗
  5. Conclusión del concurso21/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 785/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, Anuncia: Que en el procedimiento n.º 785/2011 (NIG: 2906742M20110000405) del concursado GRUPO BARGRAM, S.L., con CIF B92778919, se ha dictado auto de fecha 10/11/2020 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes en ese momento. El referido auto acuerda asimismo la extinción de la mencionada sociedad. Contra este auto no cabe recurso alguno. Málaga, 16 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

    BOE-B-2020-42817
  6. Conclusión del concurso18/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 785/2011
    Juez: FRANCISCO GARCIA VALVERDEConclusión: insuficiencia de la masa activa

    Auto de fecha 10/11/2020 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de admón. y disposición sobre el deudor subsistentes en ese momento. Acuerda la extinción de la sociedad

    RPC-57962RPCConsultar en el RPC ↗
  7. Apertura de liquidación21/12/2013
    ⚖️ MÁLAGAProc. 05/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal número apertura sección 785.05/2011, referente al concursado Grupo Bargram, S.L., CIF B-92778919, por auto de fecha 6/11/13, se ha acordado lo siguiente: 1. En el presente procedimiento concursal del concursado Grupo Bargram, S.L., se deja sin efecto la fase de convenio acordada y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 25 de noviembre de 2013, a las 12:00 horas. 2. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3. De conformidad con el art. 145.3 se declara disuelta la entidad mercantil Grupo Bargram, S.L., CIF B-92778919, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. (Art. 146 LC). 5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, B.O.E. y en el Registro Público Concursal. 6. Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación con las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Málaga y a los Registros de la Propiedad correspondientes. Entréguense al Procurador del solicitante del concurso dichos mandamientos. 7. Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Esta resolución es apelable y tiene la consideración de apelación más próxima a efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición e incidentes concursales durante la fase común (art. 197.4 LC). Málaga, 8 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-48213
  8. Otro acto concursal22/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 01/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 785.01/2011, por auto de 11/10/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Grupo Bargram, con NIF B92778919, domicilio en plaza de la Marina, 2, 2.º, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Málaga, 27 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.

    BOE-B-2012-17094
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