GRUPO BARGRAM SL
Hoja MA87181· NIF B92778919
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de GRUPO BARGRAM SL
Actividad
GRUPO BARGRAM SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Málaga (Andalucía). El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 8 de abril de 2013 al 4 de marzo de 2021, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Anton Pacheco Bravo Juan AlfonsoCese el 24/02/2021Administrador Mancomunado
- Perea Cordobes JoseCese el 24/02/2021Administrador Mancomunado
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 4
- Ceses/DimisionesPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 3
- DisoluciónPublicado 04/03/2021· Inscrito 24/02/2021· I/A 3
Cambios
- 04/03/2021Disolución
- 04/03/2021Extinción
Cronología (BORME)
- 04/03/2021#6291789Extinción
GRUPO BARGRAM SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 785/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/11/2020. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MALAGA. Juez: FR… - 04/03/2021#6291788Ceses/DimisionesDisolución
GRUPO BARGRAM SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: PEREA CORDOBES JOSE;ANTON PACHECO BRAVO JUAN ALFONSO. Situación concursal. Procedimiento concursal 785/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/10/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juz… - 08/04/2013#2215090
GRUPO BARGRAM SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 4153, L 3063, F 150, S 8, H MA 87181, I/A 1 A ( 4.03.13).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Málaga — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal25/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011RPC-48930RPCConsultar en el RPC ↗Juez: AMAGOIA SERRANO BARRIENTOS
En el Concurso consecutivo 83/2020 de Jose Manuel Piñeiro Muriente, la administración concursal ha presentado los textos definitivos a que se refiere el art. 303 de la Ley Concursal (LC), y queda incorporado al procedimiento
- Otro acto concursal25/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011RPC-48935RPCConsultar en el RPC ↗Juez: JUSTO MANUEL GARCIA BARROS
PLAN DE LIQUIDACION
- Otro acto concursal25/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011RPC-48934RPCConsultar en el RPC ↗Juez: FLOR DE LIS LARA LOPEZConcurso: Consecutivo
Declarar a los deudores en situación de concurso consecutivo y acordar conclusión del concurso por insuficiencia de la masa.
- Conclusión del concurso25/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 785/2011RPC-48933RPCConsultar en el RPC ↗Juez: JUSTO MANUEL GARCIA BARROS
ANUNCIO INFORME
- Conclusión del concurso21/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 785/2011BOE-B-2020-42817 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, Anuncia: Que en el procedimiento n.º 785/2011 (NIG: 2906742M20110000405) del concursado GRUPO BARGRAM, S.L., con CIF B92778919, se ha dictado auto de fecha 10/11/2020 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes en ese momento. El referido auto acuerda asimismo la extinción de la mencionada sociedad. Contra este auto no cabe recurso alguno. Málaga, 16 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
- Conclusión del concurso18/11/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 785/2011RPC-57962RPCConsultar en el RPC ↗Juez: FRANCISCO GARCIA VALVERDEConclusión: insuficiencia de la masa activa
Auto de fecha 10/11/2020 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de admón. y disposición sobre el deudor subsistentes en ese momento. Acuerda la extinción de la sociedad
- Apertura de liquidación21/12/2013⚖️ MÁLAGAProc. 05/2011BOE-B-2013-48213 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal número apertura sección 785.05/2011, referente al concursado Grupo Bargram, S.L., CIF B-92778919, por auto de fecha 6/11/13, se ha acordado lo siguiente: 1. En el presente procedimiento concursal del concursado Grupo Bargram, S.L., se deja sin efecto la fase de convenio acordada y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 25 de noviembre de 2013, a las 12:00 horas. 2. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3. De conformidad con el art. 145.3 se declara disuelta la entidad mercantil Grupo Bargram, S.L., CIF B-92778919, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. (Art. 146 LC). 5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, B.O.E. y en el Registro Público Concursal. 6. Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación con las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Málaga y a los Registros de la Propiedad correspondientes. Entréguense al Procurador del solicitante del concurso dichos mandamientos. 7. Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Esta resolución es apelable y tiene la consideración de apelación más próxima a efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición e incidentes concursales durante la fase común (art. 197.4 LC). Málaga, 8 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal22/05/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 01/2011BOE-B-2012-17094 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 785.01/2011, por auto de 11/10/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Grupo Bargram, con NIF B92778919, domicilio en plaza de la Marina, 2, 2.º, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Málaga, 27 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.