GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V163994· NIF B98711575
- Domicilio :
- Actividad :
- Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Capital social :
- 3 200,00 €
- Constitución :
- 11/03/2015
Información jurídica
Información jurídica de GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. Su actividad declarada es «Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas» (CNAE 7219). Se constituyó el 11 de marzo de 2015. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 11 de marzo de 2015 al 17 de enero de 2019, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 3 200,00 €. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
7219 · Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas
Objeto social
1). La prestación de servicios técnicos de teledetección aplicada a la gestión de recursos naturales mediante el procesado de imágenes, la generación de mapas y cartografía temática y el empleo de sistemas de información geográfica. 2). La prestación de servicios de consultoría medioambiental, inclu.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- COMPETECNIA SOCIEDAD LIMITADACese el 10/01/2019Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 17/01/2019· Inscrito 10/01/2019· I/A 3
- ExtinciónPublicado 17/01/2019· Inscrito 10/01/2019· I/A 3
- Cambio de domicilio socialPublicado 24/08/2016· Inscrito 17/08/2016· I/A 2
- ConstituciónPublicado 11/03/2015· Inscrito 04/03/2015· I/A 1
- NombramientosPublicado 11/03/2015· Inscrito 04/03/2015· I/A 1
Cambios
- 17/01/2019Extinción
- 24/08/2016Cambio de domicilio social
AVDA HERMANOS MACHADO 13 - PUERTA 816 (VALENCIA)
Capital · eventos
- 11/03/2015ConstituciónCapital inicial: 3 200,00 €
Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.
Cronología (BORME)
- 17/01/2019#5209124Ceses/DimisionesExtinción
GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: COMPETECNIA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 409/2018. FIRME: Si, Fecha de resolución 24/05/2018. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANT… - 24/08/2016#4000734Cambio de domicilio social
GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA. Cambio de domicilio social. AVDA HERMANOS MACHADO 13 - PUERTA 816 (VALENCIA). Datos registrales. T 9924, L 7206, F 156, S 8, H V 163994, I/A 2 (17.08.16).
- 11/03/2015#3232509ConstituciónNombramientos
GEOPIXEL SOCIEDAD LIMITADA. Constitución. Comienzo de operaciones: 13.02.15. Objeto social: 1). La prestación de servicios técnicos de teledetección aplicada a la gestión de recursos naturales mediante el procesado de imágenes, la generación de mapas…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
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Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público· Constitución 2015
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
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Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
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Justicia · concursos
- Declaración de concurso10/07/2018⚖️ VALENCIAProc. 892/2013BOE-B-2018-37201 ↗
Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 409/18, habiéndose dictado en fecha 24 de mayo de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva. 1. Se tiene por personado y por parte a la mercantil Geopixel, S.L. y en su representación a la procuradora Sra. Montoro Cerveró, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la declaración de concurso voluntario de acreedores. 2. Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario de la mercantil Geopixel, S.L., con domicilio en Valencia, calle Hermanos Machado n.º 13, puerta 816; CIF B98711575. Inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 9924, libro 7206, folio 154, sección 8.ª, hoja n.º V-163994. 3. Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE. Se acuerda expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito. Así mismo se acuerda librar oficio junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal, desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal, que será entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art. 7 y 8 del Real Decreto mencionado. 4. Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Geopixel, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso. 5. Se acuerda la extinción de la mercantil Geopixel, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. 6. Una vez firme, expídase por la Sra. Letrada de la Administración de justicia mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, ó registro público correspondiente donde está inscrita la deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Todos los despachos se entregarán al procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. 7. Comuníquese la declaración de concurso, al Juzgado Decano correspondiente para información a los juzgados del orden civil, social, penal y contencioso administrativo a los efectos previstos en el art. 50 a 57 de la LC, en concreto al juzgado decano de Valencia. 8. Comuníquese la incoación del proceso al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, así como a la Agencia Tributaria y TGSS. Notifíquese la presente resolución al deudor, con la advertencia de que no es firme, y que contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días en este juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros legitimados a partir de su publicación en el BOE. De conformidad con la D.A. de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de apelación contra esta resolución deberá constituir un depósito de 50 €, que le será devuelto sólo en caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo "concepto" el código "02 Civil-Apelación" y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el código de cuenta corriente (CCC, 20 dígitos), de indicará en el campo "concepto" el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta anteriormente. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. doy fe. La Magistrada-Juez.-La Letrada de la Administración de Justicia. Valencia, 24 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.