EXCLUSIVAS CASTELLANO SL
Hoja CS6521· NIF B12351128
- Domicilio :
- Actividad :
- Comercio al por mayor de bebidas
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de EXCLUSIVAS CASTELLANO SL
Actividad
EXCLUSIVAS CASTELLANO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana (Castellón, Comunitat Valenciana). Su actividad declarada es «Comercio al por mayor de bebidas» (CNAE 4634). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 1 de julio de 2014 al 24 de julio de 2017, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4634 · Comercio al por mayor de bebidas
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Castellano Ribes ManuelCese el 14/08/2014Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 24/07/2017· Inscrito 14/07/2017· I/A 8
- Ceses/DimisionesPublicado 22/08/2014· Inscrito 14/08/2014· I/A 6
- DisoluciónPublicado 22/08/2014· Inscrito 14/08/2014· I/A 6
Cambios
- 24/07/2017Extinción
- 22/08/2014Cambio de denominación social
EXCLUSIVAS CASTELLANO SL→EXCLUSIVAS CASTELLANO SL EN LIQUIDACION
- 22/08/2014Disolución
Cronología (BORME)
- 24/07/2017#4473384Extinción
EXCLUSIVAS CASTELLANO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 000932/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/04/2017. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON… - 29/12/2014#3129979
Denominación: EXCLUSIVAS CASTELLANO SL EN LIQUIDACION
EXCLUSIVAS CASTELLANO SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 000932/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 25/09/2014. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON. Juez:… - 22/08/2014#2943242
Denominación: EXCLUSIVAS CASTELLANO SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónEXCLUSIVAS CASTELLANO SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CASTELLANO RIBES MANUEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 000932/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/05/2014. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: n… - 01/07/2014#2871198
EXCLUSIVAS CASTELLANO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 000932/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/04/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON. Juez: DON CARLOS JOS…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
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Informe sobre la posición de riesgo
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Justicia · concursos
- Declaración de concurso03/06/2017⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 04/2017BOE-B-2017-34225 ↗
Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justica del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 11/04/2017, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º/000932/2013, Nig. n.º 12040-66-2-2013-0001043, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y abreviado que se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Exclusivas Castellano S.L.", domiciliado en Avenida Hermanos Bou,181, CS y CIF/DNI número B-12351128. Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: Parte dispositiva: 1.º Acordar la Conclusión del concurso de Exclusivas Castellano S.L., seguido bajo el número Concurso Abreviado, número 000932/2013-IX., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.º Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal. 3.º En particular, acordar la extinción de la entidad Exclusivas Castellano S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.º El presente Auto no se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.º A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.º Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.º Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. En este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC). Magistrado Letrado de la Administración de Justicia. Castellón, 11 de abril de 2017.- El Letrado Administración de Justicia.
- Otro acto concursal08/05/2014⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANABOE-B-2014-16111 ↗
Edicto Doña Nieves Pérez Ibáñez; Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por auto de fecha 07/04/14, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, nº 000932/2013, N.I.G. nº 12040-66-2-2013-0001043, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Exclusivas Castellano, S.L.", domiciliado en Avenida Hermanos Bou,181, Cs y C.I.F./D.N.I. número B-12351128. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Ricardo Beltrán Marco, con domicilio en c/ Navarra, 3,1ª A, 12002 Castellón, y dirección electronica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicacion del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellon, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.