ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA

Hoja V2092· NIF B46663167

Extinguida · 16/02/2012Valencia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000130191038
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 2823 · Folio 153 · Hoja V2092
Denominaciones anteriores
ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION2011-01-13
EstadoExtinguida

Actividad

ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 22 de junio de 2010 al 16 de febrero de 2012, repartidos en 3 tipos de acto distintos.

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 16/02/2012· Inscrito 07/02/2012· I/A 8
  2. Ceses/DimisionesPublicado 13/01/2011· Inscrito 03/01/2011· I/A 7
  3. DisoluciónPublicado 13/01/2011· Inscrito 03/01/2011· I/A 7

Cambios

  1. 16/02/2012Extinción
  2. 13/01/2011Cambio de denominación social

    ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADAESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

  3. 13/01/2011Disolución

Cronología (BORME)

  1. 16/02/2012#1597206
    Extinción
    ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 375/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 27/12/2011. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: FER
  2. 13/01/2011#1018487

    Denominación: ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: RIBES SOLA VICENTE. Situación concursal. Procedimiento concursal 375/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 22/11/2010. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: 
  3. 22/06/2010#774642
    ESTUDIO GRANMA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 375/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 13/05/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: FERNANDO PRESE

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

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Redes sociales
Dirección completaPOLIGONO INDUSTRIAL CALLE EN PROYECTO, VALENCIA, MASSANASSA
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Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso17/01/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 000375/2010 voluntario, de la deudora concursada ESTUDIO GRANMA, S.L., con CIF n.° B-46663167, con domicilio en la calle en proyecto, Poligono Industrial de Massanassa, Massanassa (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintisiete de diciembre de dos mil once por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 27 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2012-1445
  2. Declaración de concurso02/06/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 375/2010

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario nº 375/2010, habiéndose dictado en fecha 13 de mayo de 2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Estudio Granma, S.L. con domicilio en calle Proyecto, Polígono Industrial de Massanassa (Valencia) y CIF nº B46663167, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, tomo 2.823, libro 139, folio 151, Sección 8ª, hoja V-2.092 inscripción 3ª. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos del art. 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 13 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2010-19623
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