EDIFCON III MILENIO SL
Hoja V109298· NIF B97673933
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de EDIFCON III MILENIO SL
Actividad
EDIFCON III MILENIO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en València (Valencia, Comunitat Valenciana). El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 16 de abril de 2012 al 14 de agosto de 2012.
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 14/08/2012· Inscrito 03/08/2012· I/A 3
Cambios
- 14/08/2012Extinción
Cronología (BORME)
- 14/08/2012#1860394Extinción
EDIFCON III MILENIO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 001282/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 3/07/2012. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JOSE MARIA … - 16/04/2012#1687535
EDIFCON III MILENIO SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 001282/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/02/2012. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JOSE MARIA CUTILLAS TORNS. Situación con…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso25/07/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1282/2011BOE-B-2012-26122 ↗
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1282/2011 habiéndose dictado en fecha 3 de julio de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nímero 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva. Acuerdo: 1.-Se declara la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1282/2011, promovido por el Procurador Sr. Medina Gil, José Luis, en nombre y representación de la mercantil "Edifcon III Milenio, S.L.", y el archivo de las presentes actuaciones sin más tramite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3.-Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don José A. Merenciano Serrano, con DNI n.º 33.498.903-R, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la extinción de la mercantil "Edifcon III Milenio, S.L.", con CIF B976739332, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5.-Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 12 de abril de 2012. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador de los solicitantes del concurso Medina Gil, José Luis a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. don José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario. Valencia, 3 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso14/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1282/2011BOE-B-2012-8594 ↗
Doña Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1282/2011, habiéndose dictado en fecha 20 de febrero de 2012, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Edifcon III Milenio, S.L., con CIF B-97673933, decretándose la intervención de las facultades de la Mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don José Amerenciano Serrano, con domicilio profesional en Valencia del Puerto, nº 189-3-b2, teléfono 635588250, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 20 de febrero de 2012.- La Secretaria judicial.