DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS SL
Hoja MA59621· NIF B92377985
- Domicilio :
- Actividad :
- Comercio al por mayor de flores y plantas
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS SL
Actividad
DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Málaga, Andalucía. Su actividad declarada es «Comercio al por mayor de flores y plantas» (CNAE 4622). El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4622 · Comercio al por mayor de flores y plantas
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Diaz Sanjuan AlbertoCese el 30/04/2018Socio único
Cartografía de administradores
Cap table · participaciones
- Diaz Sanjuan Alberto100 %
Persona física · desde 09/05/2018 · socio único (BORME)
Cartografía de accionistas
Titular real (UBO)
Diaz Sanjuan Alberto100 %
Persona física · titular real último · desde 09/05/2018
Cartografía de titular real
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 09/05/2018· Inscrito 30/04/2018· I/A 6
- ExtinciónPublicado 09/05/2018· Inscrito 30/04/2018· I/A 6
Cambios
- 09/05/2018Extinción
Cronología (BORME)
- 09/05/2018#4872534Ceses/DimisionesExtinción
DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS SL. Ceses/Dimisiones. Socio único: DIAZ SANJUAN ALBERTO. Situación concursal. Procedimiento concursal 591/2007. FIRME: Si, Fecha de resolución 25/09/2017. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. J…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Comercio al por mayor de flores y plantas — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso20/11/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 591/2007BOE-B-2017-68044 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 591/2007 (NIG 2906742M20070000710) del deudor DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS, S.L., CIF N.º B-92377985, por auto de fecha 25 de septiembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS, S.L., CIF N.º B-92377985 debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. Si la Administración Concursal no hubiere presentado la preceptiva rendición de cuentas, y sólo en este caso, acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art. 177 de la LC. Málaga, 2 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración.